Download antecedes históricos de la seguridad social

Document related concepts

Sistema de salud en Colombia wikipedia , lookup

Seguridad Social (España) wikipedia , lookup

Caja Costarricense de Seguro Social wikipedia , lookup

Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social wikipedia , lookup

Sistema de asistencia sanitaria wikipedia , lookup

Transcript
TRABAJO SEGURIDAD SOCIAL
NÚCLEO ÁMBITO SOCIAL
IX SEMESTRE
LUISA FERNANDA SUAREZ FLOREZ
ALEJANDRA TABORDA MURILLO
JULIANA TAMAYO MUÑOZ
ANTECEDES HISTÓRICOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
La preocupación del hombre por la protección de las necesidades propias y de la sociedad se
remonta a muchísimos años atrás.
Es así como en la antigüedad romana se forman dentro de los colegia, los llamados artificum
vel opificum o tenuiores los cuales eran asociaciones con una clara finalidad mutualista, para
su formación se requerían como mínimo tres personas que aportaban periódicamente y
formaban un fondo común, que se destinaba a solventar los gastos del entierro del socio
fallecido.
En la edad media, con la pobreza aparecen varias medidas de protección social, entre ellas
unas están basadas en la solidaridad o ayuda mutua con asociaciones de carácter corporativo
o profesional. Las cofradías y gremios, con los aportes de los miembros ayudaban a los
miembros que caían en desgracia y protegían a las viudas y huérfanos. Además durante la
edad media surgieron medidas de asistencia social a favor de los pobres, manejados por la
iglesia e impulsados por el clima de caridad imperante en la época.
Las cofradías (religiosas benéficas y gremiales) y las corporaciones gremiales eran constituidas
por el acuerdo de sus socios fundadores y la protección que daban tenía un carácter mixto:
mutualista y asistencial. El primero porque la protección se diluía entre los asociados; el
segundo porque éstos no tenían un derecho de protección sin más, sino únicamente un interés
basado en el nivel de indigencia probado. Las necesidades protegidas procedían de
enfermedad, cualquiera que fuera su causa, a la que correspondían prestaciones dinerarias,
asistencia médico-farmacéutica por los cofrades sanitarios y hospitalización cuando era
posible. También se considera merecedora de protección la vejez, el fallecimiento, la
supervivencia de viudas y huérfanos, el paro, la dote matrimonial, la cautividad, etc. La
financiación de tales prestaciones procedía de un fondo común integrado por las aportaciones
de ingreso y por las aportaciones periódicas. El fondo común además era engrosado con las
multas que la autoridad podía imponer a los cofrades por faltas cometidas contra la asociación.
Ya en la edad moderna ocurre un salto cuali y cuantitativo en cuanto a la protección social, esto
ocurre por el fortalecimiento de la figura de monarquía absoluta, la aceptación de los teóricos
de la época de la protección como una responsabilidad del gobierno y la necesidad de éste de
apoyo del pueblo para consolidad su autoridad; es así como en los siglos XVI, XVII y XVIII
desde la autoridad pública se medien diversas medidas de protección social.
Sin embargo, y pese al desarrollo de Europa en esta materia la salud pública se basa
principalmente en la asistencia hospitalaria y/o en la superación de ciertos estadios de pobreza,
mientras que las necesidades sociales se realizan a través del principio mutualista
(hermandades, montepíos).
En la época liberal, el ascenso de la burguesía, la exaltación de los principios individualistas y
el triunfo del liberalismo económico abocan a la sociedad del siglo XIX a una total indefensión
frente a las necesidades sociales. La obra de Adam Smith, "Wealth of Nations" (la riqueza de
las naciones), no sólo constituye un método de análisis económico apoyado en el estudio de la
dinámica del mercado (libertad absoluta), sino una determinada concepción del papel del
estado, el "estado mínimo", que desaconseja la intervención de la autoridad pública para evitar
cualquier situación de necesidad social. Para el liberalismo económico, la pobreza y las
privaciones de las clases inferiores aparecen pues, como un hecho inevitable y necesario, lo
que determina que en este momento la protección de las necesidades sociales pasa única y
exclusivamente, por la previsión individual, es decir, por el ahorro de los individuos. Se produce
así, la creación de instituciones de ahorro popular: las cajas postales de ahorro.
En la primera mitad del siglo XIX se comienza a poner de manifiesto la incapacidad del
liberalismo económico para hacer frente a las necesidades sociales que planteaba la nueva
sociedad industrial. Esta situación desemboca en la aparición de una nueva ideología basada
en la primacía de los valores sociales sobre los individuales, y que constituye una
transformación radical del panorama político, social y económico: el socialismo.
Esto nos lleva a un determinado momento histórico, el último tercio del siglo XIX, a un país,
Alemania, y a una realidad política y económica, el socialismo de estado, donde se sitúa el
origen moderno de la seguridad social: los Seguros Sociales.
Los seguros sociales
Los primeros seguros sociales aparecen en Alemania, bajo el patrocinio del Canciller de Hierro,
Otto Von Bismarck, como una nueva forma de protección social que relegaba al pasado, como
residual, el sistema tradicional de la ayuda en la pobreza: la beneficiencia privada y pública.
El nacimiento de los seguros sociales en Alemania viene determinado por los siguientes
factores:
a. La revolución industrial empieza tardíamente (1850) pero se desarrolla con gran rapidez.
Los seguros sociales públicos no surgen, sin embargo en Alemania, o no exclusivamente,
como consecuencia de un determinado desarrollo económico social. Si esto hubiese sido
así, los primeros seguros sociales no habrían surgido en Alemania sino en Inglaterra.
b. Se consolida políticamente el estado alemán bajo la dirección de Prusia. El liderazgo de la
unificación alemana lo había ostentado la monarquía prusiana (absolutista y
antidemocrática) que contaba con la frontal oposición de la ascendente burguesía liberal.
Para llevar a cabo su programa Bismarck buscará, por tanto, el apoyo popular mediante la
adopción de una completa legislación social.
c.
Nacimiento prematuro de los seguros sociales alemanes, que no surgen precisamente en
los años 80, sino bastante antes. En efecto, Alemania gozaba de una importante tradición
intervencionista, tradición que se vivió por primera vez durante la revolución de los años
1848-1849 en la forma de una política social activa con objeto de contrarrestar los peligros
del pujante proletariado. En el año 1854 se aprueba la Ley sobre la Caja de Asistencia,
disposición por la que se obligaba a los trabajadores y empresarios a efectuar aportaciones
a una caja de enfermedad, precedente de la Ley del seguro de enfermedad del año 1883.
d. Las diversas corrientes del pensamiento alemán, lejos de la filosofía utilitarista imperante
en Gran Bretaña y en otros países de Europa, fortalecen la primacía de los valores
colectivos sobre los individuales, y la idea de que el estado es el centro de poder de la
sociedad, cuyos problemas son problemas del propio estado. Por el contrario, en Francia
como en el Reino Unido, la fuerza del liberalismo político y económico, así como el
convencimiento del individualismo acuñado, fue el motivo de la tardanza de la implantación
de un régimen público de seguros sociales obligatorios.
e. Para el desarrollo de la política social estatal es decisiva la situación económica y social
de los años 70. La revolución social de la Comuna de París (1871), las oleadas de
huelgas de 1869 a 1872, la escasez de vivienda en las grandes ciudades, y la miseria
como consecuencia de la prolongada crisis económica durante los años 1873-1874, da
lugar a una creciente movilización política de los trabajadores en los partidos socialistas. El
Partido Socialista Alemán después de la opción reformista surgida del Congreso de
Gotha (1875) y cuyo manifiesto programático sería criticado por Marx, obtiene un relativo
éxito en las elecciones parlamentarias de 1877.
f.
La política proteccionista adoptada por Bismarck para "proteger el trabajo nacional",
como medio para solucionar la crisis económica y contribuir a la disminución del
desempleo, dará lugar a una política fiscal cuyos ejes son los impuestos indirectos y el
monopolio del tabaco. La política fiscal se revela como una técnica esencial para llevar a
cabo un proyecto concreto de política social.
De cualquier manera, el motor principal que hace posible la puesta en marcha de los Seguros
Sociales en Alemania es el temor a la destrucción del Estado y de la sociedad por el
movimiento obrero socialista, se trataba de combatir, ni más ni menos, que una amenazante
revolución social y dar respuesta a las exigencias de la socialdemocracia.
El 17 de noviembre de 1881 en el Salón Blanco del Reichstag, Bismarck, Canciller del Imperio
alemán, abría la sesión leyendo un mensaje en nombre del Emperador Guillermo I, en el que
se creaban las bases para la formación de los seguros sociales.
El sistema alemán de seguros sociales, que se amplía considerablemente en 1911 viene
marcado por los siguientes rasgos:
a. Por su obligatoriedad, es obligatorio para todos los individuos sometidos a la ley.
b. El ámbito subjetivo originario es muy limitado, sólo afecta a los trabajadores
industriales, y sobre todo, a los obreros. Es, por tanto, un sistema de carácter laboral o
profesional.
c.
La carga financiera se reparte entre los empleadores y los asegurados, añadiéndose en
ocasiones una subvención del Estado a esas cotizaciones.
d. Es un sistema causal, es decir, atiende a los riesgos y causas del infortunio; y de tipo
reparador, trata de suplir ante todo la pérdida salarial.
e. Cada uno de los seguros cuenta con su propia estructura administrativa.
El sistema de seguros sociales, se extiende, con más o menos retraso, según las
características socioeconómicas de cada país, desde la época de las leyes bismarkianas hasta
la década de los años cuarenta del siglo XX . La evolución histórica, del sistema de seguros
sociales, consistió a grandes rasgos, en la ampliación paulatina del ámbito de cobertura del
seguro social del trabajador industrial y de servicios a todo trabajador por cuenta ajena y, más
tarde, a todo trabajador, incluido el autónomo o por cuenta propia; de los económicamente
débiles a personas con rentas o salarios más altos, acabándose en muchos casos por eliminar
los topes salariales para el aseguramiento; y completando el cuadro de riesgos cubiertos hasta
llegar a un ideal de cobertura. En este período de desarrollo de los seguros sociales, cabe
distinguir dos tendencias:
1. Una primera es la creación de verdaderos seguros sociales. Este es el caso de
Luxemburgo, Países Bajos, Rumania y Gran Bretaña. Destaca, por su atrevimiento, la
política social británica.
2. La otra tendencia fue la de libertad subsidiada, que consistía en apoyar los sistemas de
seguros voluntarios que habían ido creando las organizaciones de trabajadores (mutuas),
dejando a los trabajadores la opción de asegurarse o no, pero incentivando al asegurado,
que obtenía, si se aseguraba, subvenciones del Estado. Este sistema fue inaugurado en
Italia en 1898, por Bélgica en 1900 y Francia hasta 1930.
La extensión de los seguros sociales fue, después de la guerra de 1914, general y de rasgos
similares en todos los países europeos. No obstante, en el caso español, el desarrollo de los
seguros sociales se vería afectado por un desfase temporal correlativo al desfase del proceso
de industrialización. Así, pese a que en el año 1900, se aprueba la primera medida legislativa
de Seguros Sociales, hasta el año 1919 no se implantaría en España el primer seguro social
con el carácter de obligatorio; el segundo, el seguro de maternidad, se establece diez años
después, en 1929. Y, finalmente en 1936 se aprueban las bases para la regulación general de
las enfermedades profesionales.
Seguros sociales en América Latina
La aparición de los seguros sociales en Latinoamérica pasó por múltiples dificultades: escaso
desarrollo industrial, dispersión de la población (con excepción de algunos grandes centros),
problema en las comunicaciones (grandes distancias), dificultad de acceso a determinados
sectores de la población que habitan en zonas, en muchos casos inexploradas, etc.
Fue Chile quien inauguró la política de Seguros Sociales en 1925, creando los seguros de
enfermedad, maternidad e invalidez e instituyendo un ahorro obligatorio para sustituir al seguro
de vejez. De todas las ramas del aseguramiento social, Chile desplegó un esfuerzo particular
en los problemas de la enfermedad, organizando servicios de asistencia tanto en las ciudades
como en el campo. Perú, siguió el ejemplo de Chile, instituyendo un Sistema de seguros
sociales obligatorio. Brasil, por su parte, organizó a partir de 1933, regímenes más o menos
completos de seguros sociales, esencialmente enfermedad y vejez, a favor de determinados
grupos profesionales, extendiéndose, posteriormente, a favor de empleados de comercio y de
empleados de la industria. Con posterioridad en el tiempo, se introducirían sistemas de seguros
sociales en: Venezuela, México, Paraguay, Bolivia, Colombia, Costa Rica, etc.
Reseña historia y evolución de la seguridad social en Colombia
1954: se crea la primera caja de compensación familiar como resultado de un pacto voluntario
entre empresarios y sindicatos para aliviar las cargas económicas que generan los hijos a los
trabajadores de menores ingresos.
1957: creación del subsidio familiar como prestación social obligatoria.
Década de los 60’: el Gobierno permite a las Cajas hacer inversiones de beneficio social.

Salud a la Población Infantil.

Recreación Social.

Educación y Capacitación.

Mercadeo Social - Como Instrumento Regulador de Precios en productos básicos de
consumo familiar.
Década de los 70’: se amplían los programas sociales en:

Salud - Maternidad.

Vivienda.

Créditos.

Guarderías - Se crean los Centros de Atención Integral al Preescolar (CAIPS) en
convenio con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
Década de los 80’:
Subsidio Familiar = Prestación social pagada en dinero, especie y servicio a los trabajadores de
mediano y menores ingresos, en proporción al número de personas a cargo.
Con la Ley 21 de 1982 se reorganizan los programas, estableciendo las siguientes prioridades:

Salud.

Programas de Nutrición y Mercadeo de productos alimenticios y otros de la canasta
familiar para ingresos bajos.

Educación integral y continuada; capacitación y servicios de biblioteca.

Vivienda.

Crédito de fomento para industrias familiares.

Recreación Social.

Mercadeo de otros productos - Diferentes a los enunciados en el 2º punto.
Se afilian al sistema pensionados sin los beneficios de subsidios, pero accediendo a los
programas sociales.
Década de los 90’: a partir de la Constitución Política de 1991 y de leyes como la Ley 100 de
1993, Ley 49 de 1990 y Ley 3 de 1991, las Cajas forman parte de nuevos desafíos:

Se amplía la cobertura en Salud con el Régimen Subsidiado. Se subsidia la Salud con
un esquema de Cofinanciación entre el Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA) y
el Presupuesto General de la Nación.

Se crea el Sistema Nacional de Vivienda. LasCajas crean Programas para Vivienda de
Interés Social y otorgan Subsidios de Vivienda para hogares de hasta 4 salarios
mínimos.

Se crea el Subsidio de Escolaridad en dinero.

Las Cajas pueden ser inversionistas en las Empresas Administradoras de Fondos de
Pensiones.

Se les permite también crear nuevas empresas (por ejemplo: Entidades Promotoras de
Salud (EPS), Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), Hoteles, Agencias
de Viajes, Marcas Propias para comercializar con Mercadeo, etc.).

Programas de Salud Ocupacional orientados a disminuir los riesgos y enfermedades
profesionales.

Cooperación Internacional.
Desde el año 2000: con la Ley 789 de 2002 y la nueva Ley de Ahorro y crédito - Ley 920 de
2004, se reglamentan las siguientes áreas:

Atención Integral a la Niñez.

Jornada Escolar Complementaria.

Protección el Desempleado.

Promoción al Empleo.

Actividad Financiera Especial
PROPÓSITOS Y PRINCIPIOS DE LA LEY 100
a. Los 13 propósitos de la reforma:
1. Especialización de las instituciones publicas: la ley 100 se mueve dentro del esquema
de separar funciones, introducir la competencia y convocar la especialización
institucional como mejor camino hacia la eficiencia y eficacia.
2. Lograr la cobertura universal de servicios asistenciales: es el propósito central de la
constitución del 91 y de la ley del 93; la cual se espera garantizar y financiar mediante
tres regímenes. Se define la obligatoriedad de la afiliación a todos los habitantes con
capacidad contributiva a una EPS.
3. Crear el régimen subsidiado: este pretende incluir a la población de escasos recursos
que no tiene capacidad de contribución plena, otorgándole subsidios directos a la
demanda, de tal forma que pueda vincularse a las EPS subsidiadas y de forma
progresiva acceder a los mismos beneficios del régimen contributivo.
4. Incorporar al sector privado: busca que el sector privado asegurador se incorpore al
sistema a través de dos posibilidades:
a. Transformación a EPS que ofrecen el POS, afiliando beneficiarios y
recaudando las cotizaciones.
b. Ofreciendo planes complementarios de salud, con servicios adicionales de
mejor calidad en materia de atención al cliente.
5. Fomentar la competencia y la libre elección: su fomento debe repercutir en la mejoría
de los servicios y que además puede tener efectos en la eficiencia y en la cobertura.
Con este fin se hace la separación de las entidades gestoras del aseguramiento y
financiación (EPS) y las prestadoras directas de los servicios (IPS).
6. Garantizar un plan integral de salud: las EPS y las ARS deben ofrecer un plan (POS)
que incluya servicios asistenciales en condiciones básicas de calidad y con la
suficiencia tecnológica
y “hotelera” determinada. Tal plan no puede excluir
enfermedades preexistentes.
7. Garantizar la promoción y prevención: se desarrollan tres estrategias de prevención:
a. creación del PAB, a cargo del Min. de protección social y las direcciones
territoriales de salud.
b. Promover una asignación de recursos y contratación por capitación.
c. Generar un fondo especial tipo parafiscal, para desadesarrollar programas de
prevención y promoción.
8. Garantizar la atención de riesgos catastróficos: mediante la creación de una cuenta
especial para el manejo de recursos con este fin, además se obliga a las EPS a tomar
un seguro para cubrir los riesgos catastróficos.
9. Crear mecanismos de compensación y solidaridad: se establece que aquellas EPS
capten los afiliados de los estratos socioeconómicos mas altos transfieran el superávit
que generan a las organizaciones con los afiliados de estrato mas bajo. Para hacer
viable este sistema de competencia con prevención, compensación y solidaridad se
crea el FOSYGA y sus diferentes subcuentas.
10. Crear mecanismos de control de costos: mediante dos mecanismos: las unidades de
pago por capitación y los pagos integrales por diagnóstico, que deberán estimular a
las EPS a reducir los costos sin sobrepasar en ningún momento el valor de las UPC, y
que las IPS contengan los costos sin sobrepasar el valor estandarizado de los pagos
integrales por diagnóstico o las capitaciones parciales.
11. Reformar los hospitales: la reforma se propone habilitarlos como empresas para
participar dentro de un esquema competitivo, sustituyendo progresivamente los
subsidios de oferta a la demanda, de acuerdo con la cobertura, eficiencia y calidad.
Se busca además autonomía administrativa y financiera. Se crean las ESE, Empresa
social del estado.
12. manejo descentralizado de la salud pública y de los subsidios a la demanda: se
otorgó a los municipios y departamentos competencias y recursos para que se
hicieran responsables de la salud. Además los alcaldes y gobernadores son los
encargados de la identificación de la población beneficiaria del régimen subsidiado y
de la contratación de las entidades encargadas de manejar los subsidios.
13. redefinición del sistema de dirección y control: el ministerio de protección social quedo
con la rectoría en materia de políticas y normas técnicas.
b. los doce principios de la seguridad social.
De la concepción bismarkiana:
1. Integralidad: se pretende una cobertura de todas las contingencias que afectan la salud, la
capacidad económica y en general las condiciones de vida de toda la población. Para este
efecto, cada quien contribuirá según su capacidad y recibirá lo necesario para atender sus
contingencias amparadas por la ley.
Incluye programas de prevención y promoción de la salud en un contexto intersectorial.
Incluye una integralid vertical, entendida como la cobertura de riesgos y servicios de salud
de cada pesona (POS); y una integralidad horizontal entendida como la cobertura sobre
beneficiarios miembros de una misma familia que pueden ser incluidos en el regimen de
protección.
2. Universalidad: es la garantía para la protección para todas las personas, sin
discriminación, en todas las etapas de la vida. Se ira logrando progresivamente por medio
de la afiliación de los habitantes a los regimenes contributivo y subsidiado.
3. Obligatoriedad: con la ley 100 se extendió la obligatoriedad en la afiliación, no solo a los
asalariados, sino a todos los ciudadanos, y además avanzó al establecer la afiliación con
cobertura familiar como obligatoria.
4. Solidaridad y equidad: se entiende como la practica de la mutua ayuda de las personas,
las generaciones, los sectores económicos, las regiones y las comunidades bajo el
principio del mas fuerte hacia el mas débil. Los recursos provenientes del erario publico se
aplicaran siempre a los grupos mas vulnerables de las población. La solidaridad se
concreta en el concepto fiscal y financiero de los subsidios
5. Unidad: se refiere a la articulación de políticas, instituciones, regimenes, procedimientos y
prestaciones, para alcanzar los de la seguridad social. Esto garantiza unidad de criterios en
materia de políticas de salud, tanto para el sector publico como privado. Se unifica el
régimen de obligaciones y beneficios al tiempo que se propicia la diversificación de las
entidades operadoras del sistema.
De la concepción neoliberal
6. Libre elección: el SGSSS permitirá la participación de diferentes entidades que ofrezcan
la administración y la prestación de los servicios de salud, bajo las regulaciones y vigilancia
del Estado y asegurará a los usuarios libertad en la escogencia entre las EPS y las IPS.
Es el principio mas importante para el pensamiento neoliberal. Aparece, además como un
mecanismo técnico que obliga a los oferentes de los servicios a mejorar su calidad y
eficiencia.
7. Eficiencia: se entiende como la extracción del máximo provecho a los insumos
disponibles, o bien, la minimización de los insumos necesarios para la consecución de un
cierto resultado en la prestación de un servicio. El ahorro de insumos, de tiempos, de
movimientos, la productividad de los recursos, la optimización de resultados, son sinónimos
de eficiencia. En términos sociales, eficiencia no significa la maximización de la
rentabilidad financiera, pero si la maximización del bienestar social.
Este principio es el mas temido por los bismarkianos, los profesionales y los sindicatos del
sector salud, pues para ellos significa trabajar mas y ganar menos.
8. Calidad: el sistema establecerá mecanismos de control a los servicios con el fin de
garantizar a los usuarios calidad en la atención oportuna, personalizada, humanizada,
integral, continua y de acuerdo con estándares aceptados en procedimientos y práctica
profesional.
De la reforma descentralista de la administración publica se adaptaron los siguientes
9. La descentralización: por esta se entiende la transferencia de poder del nivel central del
gobierno a la periferia o a los niveles mas bajos de la organización. La descentralización
municipal significa el traslado a los municipios del poder de planificar, asignar y contratar
factores humanos, materiales tecnológicos y financieros. Implica, igualmente, autonomía
para identificar prioridades, señalar metas y seleccionar los medios mas adecuados para
conseguir esas metas. Se pretende específicamente involucrar a la autoridades
territoriales, alcaldes y gobernadores, en las responsabilidades frente a la salud, generando
sistemas locales de salud que actúen positivamente sobre la calidad y eficiencia de los
servicios y articulen intersectorialmente las acciones necesarias para producir municipios
saludables.
10. Subsidiariedad, complementariedad y la concurrencia: cuando por razones de orden
técnico o financiero y causas justificadas, un municipio no pueda ejercer las competencias
o prestar los servicios establecidos por la ley, los departamentos deberán contribuir
transitoriamente con la administración de los mismos (subsidiariedad).
Las instituciones prestadoras de servicios públicos pertenecientes a los municipios u otras
entidades territoriales responsables del sistema de seguridad social en salud local, pueden
prestar servicios a niveles superiores, siempre y cuando su capacidad científica,
tecnológica, financiera y administrativa lo permita (complementariedad). Las entidades
territoriales o sus entidades descentralizadas para el ejercicio de sus competencias en
seguridad social en salud, podrán realizarlas en unión o relación directa con otras
autoridades o con el sector privado.
11. Autonomía de las instituciones: puede ser comprendida y desarrollada a través de
dotación de personería jurídica a las unidades oferentes de servicios, cuando no la tenga,
bien sea como establecimientos públicos, o como entidades de beneficio común (hoy ESE),
de tal forma que tengan autonomía administrativa. Se debe eliminar la dependencia
administrativa de las unidades locales, con respecto a las regionales, aunque conservando
una articulación técnica y el sistema de referencia y contarreferecia.
12. Participación comunitaria: se garantiza la participación social, lo cual permite la
intervención de la comunidad, en cuanto es beneficiaria del sistema, en la organización,
control, gestión y fiscalización de las instituciones y del sistema en conjunto. La ley 100
busca, sobre todo, reordenar la demanda de servicios y promover la participación
ciudadana, inicialmente con individuos que tienen la capacidad de elegir y luego como
alianzas o asociaciones de usuarios que, junto con la defensa de los derechos, podrían
asesorar y potenciar esa capacidad de elección.
ESTRUCTURA DEL SGSSS
El Sistema esta estructurado con base en cuatro funciones básicas:
-La dirección, vigilancia y control.
-La financiación de recursos.
-La administración de los recursos.
-La prestación de los servicios.
Dirección, vigilancia y control
Los encargados de la dirección, vigilancia y control son: el Ministerio de Protección Social, el
Consejo Nacional de Seguridad Social en salud (CNSSS), la Superintendencia Nacional de
Salud.
El Ministerio de Protección Social es el organismo del estado, rector de las acciones del
CNSSS, la Superintendencia y el Fondo de Solidaridad y Garantías (FOSYGA).
El CNSSS es el máximo organismo de dirección del Sistema de Salud y está adscrito al
Ministerio de Protección Social. Entre sus funciones más importantes está la definición del Plan
Obligatorio de Salud (POS), el monto de la cotización al sistema, el valor de la UPC, el valor de
los copagos y el pago de las incapacidades por las Entidades Promotoras de Salud (EPS).
La Superintendencia Nacional de Salud es la autoridad técnica de inspección vigilancia y
control en relación con el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias a que
están sujetas las entidades públicas y privadas prestadoras de los servicios de salud, la
contratación por parte de organismos oficiales de los servicios de salud con entidades privadas
y la liquidación, recaudo, giro, cobro y utilización de los recursos fiscales cualquiera que sea su
origen, con destino a la prestación de servicios de salud.
Financiación de recursos
De la financiación de los recursos a la población más pobre y vulnerable se encargan el
FOSYGA y el fondo de salud departamental, distrital y local.
El FOSYGA es una cuenta adscrita al Ministerio de Protección Social, que se maneja por
encargo fiduciario, sin persona jurídica ni planta de personal propia.
Su objetivo es garantizar que la solidaridad del sistema funcione y llegue a todos los niveles de
la población.
El fondo tiene las siguientes subcuentas que se manejan de manera independiente y exclusiva
según la finalidad requerida:
- De compensación interna y recursos del régimen contributivo
- De solidaridad al régimen subsidiado
- De promoción de la salud
- Del seguro de riesgos catastróficos y accidentes de tránsito
Administración de recursos
La administración de los recursos se encuentra a cargo de las EPS públicas o privadas y las
Administradoras del régimen subsidiado (ARS).
Las EPS son las entidades responsables de la afiliación, del registro y carnetización de los
afiliados al régimen contributivo, a demás del recaudo de sus cotizaciones. Su función básica
es organizar y garantizar directa o indirectamente la prestación del POS a sus afiliados.
Las ARS son las Empresas Solidarias de Salud (ESS), las cajas de compensación familiar y las
EPS que cumplan con ciertos requisitos exigidos. Sus funciones son fomentar y promover la
afiliación de la población beneficiaria del régimen subsidiado y garantizar directamente o a
través de contratación la prestación de los servicios que se encuentran en el POS-S (POS
Subsidiado).
Prestación de servicios
Las IPS (Instituciones Prestadoras de Servicios) son las entidades oficiales, privadas,
comunitarias o solidarias prestadoras de los servicios de salud en sus diferentes modalidades,
a través de la cual los usuarios reciben la atención médica, quirúrgica o científica.
Regímenes financieros
Los regímenes de afiliación al sistema son un conjunto de normas que rigen la vinculación de
los individuos y de su núcleo familiar al SGSSS según su capacidad de pago.
La afiliación al sistema se realiza con base a tres regímenes financieros: el contributivo, el
subsidiado y los regímenes especiales.
Régimen contributivo
Al régimen contributivo se afilian como cotizantes todas las personas vinculadas laboralmente
a través de un contrato de trabajo, los servidores públicos, los pensionados, jubilados y los
trabajadores independientes que devengan dos o más salarios mínimos; y como beneficiarios
los miembros del grupo familiar del cotizante.
La cotización obligatoria es del 12% del salario recibido. Para los asalariados dos terceras
partes las cubre el empleador y una tercera parte se encuentra a cargo del trabajador; para los
pensionados y los trabajadores independientes la cotización del 12% esta íntegramente a su
cargo.
Todos los afiliados a este régimen tiene derecho a la prestación de los servicios de salud
incluidos en el POS, a demás los cotizantes tienen derecho a un subsidio en caso de
incapacidad temporal por enfermedad o accidente no laboral, a subsidio en caso de licencia de
maternidad. Para este régimen como lo mencionamos anteriormente, las EPS son las
encargadas de recaudar y contratar los servicios de salud de manera directa a las IPS públicas
o privadas según la libre elección del cotizante.
Régimen subsidiado
Al régimen subsidiado se debería afiliar toda la población pobre y vulnerable, que no cuenta
con la posibilidad de cotizar al régimen contributivo, es decir que no pueden pagar al menos el
12% sobre dos salarios mínimos.
Los beneficiarios del subsidio deben seleccionar una entidad ARS, que administrara los
recursos disponibles para su atención.
Los recursos se obtendrán de:
-Financiación territorial.
-Recursos propios que los municipios y departamentos destinen a salud.
-Recursos del situado fiscal y de las rentas cedidas a los departamentos que se requieran para
financiar al menos las intervenciones de segundo y tercer nivel.
-Recursos para subsidios del FOSYGA, transferidos a los fondos seccionales y locales de
salud.
-El 15% de los recursos adicionales que reciban los municipios y departamentos por concepto
del impuesto de renta sobre la industria petrolera de Cusiana y Cupiagua
A demás los beneficiarios del régimen subsidiado ayudaran a financiar los servicios de salud
que reciban a través de copagos y cuotas moderadoras.
El plan obligatorio de salud subsidiado comprende la atención básica de primer nivel que
incluye la promoción y educación en salud, la prevención de enfermedades y las acciones de
recuperación de la salud que incluye la atención ambulatoria de primer nivel, atención
hospitalaria de menor complejidad, atención ambulatoria en segundo y tercer nivel de atención,
atención a enfermedades de alto costo; transporte de pacientes y algunos medicamentos y
ayudas diagnósticas.