Download Reg. Int. Nº 2097/04 - Concejo Deliberante Viedma
Document related concepts
Transcript
CONCEJO DELIBERANTE DE VIEDMA Capital de la Provincia de Río Negro Capital Histórica de la Patagonia Argentina Sesión Nº 7/04 Fecha Sesión: 01/07/04 Reg. Int. Nº 2097/04 Expte Nº 1929/S/04 O R D E N A N Z A Nº 5464 Viedma............05 de Julio de 2004..................... ANTECEDENTES Están dados en las Ordenanzas Nº 3251, 3954, 3883, 5008, 5452 y concordantes. FUNDAMENTOS: A partir del 31 de mayo de 2004, se encuentran vacantes la Dirección de Administración y la Dirección de Servicios Externos, dependientes de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y la Dirección de Catastro, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Administración, que fueran cubiertos por concurso de oposición y antecedentes. Se encuentran subrogadas la Dirección de Informática y el Departamento de Servicios Generales, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Administración; el Departamento de Coordinación de Prestaciones Sociales, el Departamento de Prevención y Asistencia Técnica Profesional y el Departamento Pedagógico, dependientes de la Secretaría de Desarrollo Social y Comunitario. El Departamento de Capacitación dependiente de la Secretaría de Desarrollo Económico y el Departamento Administrativo y Control de Prestaciones Sociales dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social y Comunitario, también se encuentran vacantes. El Departamento de Servicios Internos dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, también se encuentra vacante; Que es intención del Poder Ejecutivo Municipal regularizar dicha situación en los mismo términos de la Ordenanza 5452, hasta tanto se llame a concurso de oposición y antecedentes, de acuerdo a lo conversado en la Mesa de la Función Pública Municipal. Como se ha esgrimido oportunamente, a los efectos funcionales del Poder Ejecutivo Municipal se hace necesario disponer de las herramientas indispensables para la obtención de los resultados programados, que redunden en la ejecución de los ejes de Gobierno. En consecuencia, se deberá autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a intervenir: la Dirección de Administración, la Dirección de Servicios Externos y el Dpto. de Servicios Internos, dependientes de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, la Dirección de Catastro, la Dirección de Informática y el Departamento de Servicios Generales dependientes de la Secretaría de Hacienda y Administración; el Departamento de Coordinación de Prestaciones Sociales, el Departamento de Prevención de Asistencia Técnica Profesional, el Departamento Administrativo y Control de Prestaciones y el Departamento Pedagógico, dependientes de la Secretaría de Desarrollo Social y Comunitario y el Departamento de Capacitación dependiente de la Secretaría de Desarrollo Económico. La presente excepción se efectuará con personal de planta permanente, es decir, recurso humano que se encuentre prestando servicios en la actualidad, y hasta tanto y en cuanto se llame a Concurso, de acuerdo a la normativa vigente, cuyos plazos de convocatoria no podría exceder el 31 de diciembre de 2004; Por ello: EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA SANCIONA CON FUERZA DE O R D E N A N Z A: ARTÍCULO 1º: Autorízase al Poder Ejecutivo Municipal, exceptuándolo de lo dispuesto en el Artículo Nº 4 de la Ordenanza 3883, a intervenir con personal de planta permanente, las siguientes áreas: Secretaría de Obras y Servicios Públicos, La Dirección de Administración, La Dirección de Servicios Externos, El Departamento de Servicios Internos, Secretaría de Hacienda y Administración, La Dirección de Catastro, La Dirección de Informática El Departamento de Servicios Generales Secretaría de Desarrollo Social y Comunitario El Departamento de Coordinación de Prestaciones Sociales, El Departamento de Prevención de Asistencia Técnica Profesional, El Departamento Pedagógico, El Departamento Administrativo y Control de Prestaciones, Secretaría de Desarrollo Económico El Departamento de Capacitación; Hasta tanto se proceda con los concurso respectivos y/o hasta el 31 de diciembre de 2004, plazo que podrá ser prorrogado por el Concejo Deliberante. ARTÍCULO 2º: La presente entrará en vigencia desde la fecha de su sanción. ARTÍCULO 3 º: Regístrese, comuníquese, cumplido archívese. Lic. Alberto Aicardi S. Palazzesi Secretaría de Concejo Presidente Concejo Deliberante de Viedma Deliberante de Viedma - Dra. Graciela Concejo