Download ordenanza nº 2628 - Concejo Deliberante Viedma
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CONCEJO DELIBERANTE DE VIEDMA CAPITAL DE RÍO NEGRO Sesión Nº28/90 Fecha de Sesión:05/12/90 O R D E N A N Z A Nº 2628 Viedma..........31 de Diciembre de 1990.............. VISTO: El expediente Nº 3750-D-90 del registro de esta Municipalidad, y; CONSIDERANDO: Que, a través del mismo un grupo de alumnos simpatizantes de la música popular, solicitan a partir de una demanda social, un asentamiento en esta ciudad de una institución de perfeccionamiento y formadora de recursos humanos propios, en concordancia con el Plan Federal de Cultura; Que a tales efectos se determinan tres ámbitos de trabajos educativos a saber: a) El Centro Cultural, con la formación y capacitación de futuros coordinadores barriales,b) La formación de multiplicadores para las zonas de Carmen de Patagones, San Antonio Oeste, Guardia Mitre, General Conesa y zonas adyacentes, c) La creación de centros educativos anexos y distribuidos en los distintos barrios de la ciudad de Viedma; Que atento a su importancia local y regional, la Sub Secretaría de Cultura de la Nación, ha auspiciado las distintas actividades desarrolladas a tal fin por disposición Nº 877, cubriendo además los gastos de traslado y estadía del cuerpo docente que asiste a esta ciudad; Que en virtud a los art. 15º de la ordenanza de emergencia y 120º de la Carta Orgánica Municipal, como así las necesidades emergentes de los considerandos anteriores, el Concejo Deliberante de Viedma deberá, adoptar los recaudos presupuestarios correspondientes para su creación; Que, el Concejo Deliberante de Viedma en sesión del día 05 de diciembre del corriente año y registrado bajo acta Nº 28-90, ha resuelto por unanimidad hacer lugar a lo peticionado, Por ello: EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VIEDMA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Artículo 1º: Créase la Escuela de Música con asentamiento en la ciudad de Viedma, conforme al visto y considerandos de la presente ordenanza. Artículo 2º: El Poder Ejecutivo Municipal de Viedma deberá incorporar en el presupuesto para el año 1991, los gastos que el funcionamiento de la misma demande. Artículo 3º: A los efectos del art. 1º, la misma dependerá de la Dirección General de Cultura de la Municipalidad de Viedma, la que deberá adoptar los recursos necesarios para su funcionamiento. Artículo 4º: Registrar, tomar razón, dar a publicidad, cumplido archivar. GONZALEZ PEDRO OSCAR PESATTI MARIO EDGAR Secretario Parlamentario Vice- Presidente Concejo Deliberante