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Resolución de Contraloría General Nº 551-2004-CG
Contralor General declara nulidad de proceso de adjudicación de menor cuantía para
“Adquisición de Equipos de Topología de Red Inalámbrica para el Nuevo Edificio”.
Publicado 31/12/2004
Lima, 29 de diciembre de 2004.
Visto: El Informe Técnico N° 056-2004-CG/GG-LO de la
Gerencia de Logística de la Gerencia General;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Gerencia General N° 116-2004CG/GG se aprobaron las Bases de la Adjudicación de Menor Cuantía N° 0515-2004-CG “Adquisición de
Equipos de Topología de Red Inalámbrica para el Nuevo Edificio”, con un valor referencial de S/. 31
250,14;
Que, con fecha 11 de noviembre de 2004, el Comité Especial
Permanente, luego de la evaluación técnica y económica correspondiente, otorgó la Buena Pro al postor
Enterprise Solutions Consulting S.A.C. (en adelante ENTERPRISE), cuya Propuesta Técnica fue la única
que, entre cinco (05) postores, cumplió con las Especificaciones Técnicas previstas en las Bases, al haber
detallado, entre otros, que las Tarjetas de Red Wireless Puerto USB que ofrecía, marca D-Link, modelo
DWL-G122, eran compatibles con el sistema operativo Windows 95, según se desprende de lo
consignado en los folios 01 y 03 de su Propuesta Técnica;
Que, el numeral 3.1 de las Bases, establece como
Especificaciones Técnicas que el producto “Tarjetas de Red Wireless Puerto USB”, debe ser compatible
con, entre otros, el sistema operativo Windows 95; sin embargo de acuerdo a la opinión técnica contenida
en el documento del visto, las tarjetas inalámbricas con conector para puertos USB sólo son compatibles
con el sistema Windows 98 o superior; habiéndose asimismo verificado que, según las características
técnicas de la Tarjeta de Red Wireless Puerto USB, marca D-Link, modelo DWL-G122, ésta no puede ser
configurada para que trabaje con el sistema operativo Windows 95;
Que, conforme a lo previsto en el artículo 12° del Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N°
012-2001-PCM, corresponde a la dependencia encargada de las contrataciones y adquisiciones de la
Entidad, determinar con precisión la cantidad y características de los bienes, servicios u obras a adquirir o
contratar, obteniendo para ello información respecto a su descripción y especificaciones, mediante la
coordinación con las dependencias requirientes y el desarrollo de estudios sobre las posibilidades que
ofrece el mercado; habiéndose evidenciado sobre el particular que uno de los requisitos exigidos por las
Especificaciones Técnicas no puede ser satisfecho por los proveedores presentes en el mercado, en tanto
existe un impedimento de naturaleza técnica que debió tenerse en cuenta al momento de determinar los
requisitos y características técnicas previstas en las Bases, aspecto este último cuyo incumplimiento
configura un vicio en la elaboración de las mismas;
Que, sin perjuicio de lo indicado en el considerando precedente,
el postor ENTERPRISE consignó en su Propuesta Técnica (folios 01 y 03) que las Tarjetas de Red
Wireless Puerto USB que ofrecía, marca D-Link, modelo DWL-G122, eran compatibles con el sistema
operativo Windows 95; habiéndose evidenciado que ello que no se ajusta a la verdad, conforme a lo
indicado en el tercer considerando y lo manifestado por el postor en su Carta N° 0259-2004-ESC en la
que refiere que el producto ofrecido “...sólo cumple con los sistemas operativos Windows 98SE, Windows
ME, Windows 2000 y Windows XP”; por cuanto “...en el mercado no existe producto con los requisitos
solicitados...con compatibilidad Windows 95...”; motivo por el cual, siendo el citado postor responsable por
la veracidad de la información contenida en su Propuesta Técnica, se ha configurando un vicio
insubsanable respecto del acto de otorgamiento de la Buena Pro, conforme a lo previsto en el artículo 32°
de la Ley N° 27444;
Que, en tal sentido resulta pertinente, atendiendo a lo expuesto
en el Informe Técnico N° 056-2004-CG/GG-LO, declarar la nulidad de oficio del referido proceso de
selección, por la causal de contravención a las normas legales, prevista en el artículo 57° del Texto Único
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Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, disponiendo se retrotraiga el mismo
hasta la etapa de convocatoria, previa reformulación de las Bases;
Que, adicionalmente, resulta conveniente disponer que los
órganos competentes de la Contraloría General de la República, de ser el caso, realicen las acciones
necesarias para cumplir con lo establecido en el artículo 209° del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM, así como
para el deslinde de las responsabilidades a que hubiere lugar;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 32° de
la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la
República; y de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PCM; y su Reglamento,
aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar la nulidad de oficio del proceso
de selección de Adjudicación de Menor Cuantía N° 0515-2004-CG “Adquisición de Equipos de Topología
de Red Inalámbrica para el Nuevo Edificio”, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la
presente Resolución, disponiendo se retrotraiga el mismo hasta la etapa de Convocatoria, previa
reformulación de las Bases.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Notificar la presente Resolución a los
postores de la Adjudicación de Menor Cuantía N° 0515-2004-CG “Adquisición de Equipos de Topología
de Red Inalámbrica para el Nuevo Edificio”.
ARTICULO TERCERO.- Disponer que la Gerencia General, a
través de sus unidades orgánicas, adopte y/o realice las acciones pertinentes que se deriven de la
presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GENARO MATUTE MEJÍA
Contralor General de la República