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COMPLEJO HOSPITALARIO DE TOLEDO
HOSPITAL VIRGEN DE LA SALUD
Avda. Barber, 30. 45004. Toledo. Teléfono 925 269200
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COMPLEJO HOSPITALARIO DE TOLEDO
HOSPITAL VIRGEN DE LA SALUD
Avda. Barber, 30. 45004. Toledo. Teléfono 925 269200
ÍNDICE
1.- INTRODUCCIÓN.............................................................................3
1.1 Carta de bienvenida del Jefe de Estudios…………………….3
1.2 Información, direcciones y contactos de interés……………...5
1.3 Composición de la Comisión de Docencia año 2011 y
Tutores………………………………………………………………...9
1.4 Plazas ofertadas en el Complejo Hospitalario de Toledo….11
1.6 Decálogo del Residente……………………………………….12
2.- COMISIÓN DE DOCENCIA...........................................................13
3.- PROPUESTA DOCENCIA CURSOS DE FORMACIÓN………….23
4.- SOLICITUD PERMISOS Y LICENCIAS OFICIALES……………..26
5.- VALORACIÓN RESIDENTES A LA DOCENCIA………………….27
6.- NORMATIVA DE GUARDIAS DE LOS MÉDICOS EN
FORMACIÓN DEL COMPLEJO HOSPITALARIO DE TOLEDO……28
7.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN, FUNCIONES Y SUPERVISIÓN
DE LOS MÉDICOS ESPECIALISTAS EN FORMACIÓN EN EL
SERVICIO DE URGENCIAS DEL CHT…………………………………46
8.- NORMATIVA DE SESIONES DE LOS MÉDICOS EN FORMACIÓN
DEL COMPLEJO HOSPITALARIO DE TOLEDO……………………..50
9.- INSTRUCCIONES PARA LA ASISTENCIA A ACTIVIDADES
FORMATIVAS………………………………………………………………56
10.- PLAN DE GESTIÓN DE LA CALIDAD DOCENTE 2010-2011....56
11.- GUÍA DEL RESIDENTE DEL MINISTERIO DE SANIDAD Y
POLITICA SOCIAL…………………………………………………………70
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1.- INTRODUCCIÓN
1.1.- CARTA DE BIENVENIDA DEL JEFE DE ESTUDIOS
Estimados compañeros:
Bienvenidos al Complejo Hospitalario de Toledo en nombre de la Comisión
de Docencia y la Jefatura de Estudios, así como de todas aquellas personas que
participan en el proceso de la formación especializada. Felicidades por haber
superado la prueba selectiva a la que os acabáis de enfrentar en enero y, además,
por alcanzar la puntuación que hace posible vuestra incorporación como
especialistas residentes en formación del Complejo Hospitalario de Toledo (CHT).
La Comisión de Docencia tiene como principales obligaciones velar por vuestra
formación, asegurar que se cumplan los planes y programas oficiales de cada
especialidad adaptados a cada uno de vosotros y conseguir que al finalizar
vuestros años de residente alcancéis la capacitación y experiencia que os
permitan ejercer la especialidad por la que habéis optado. Como Jefe de Estudios,
debo garantizar que vuestra formación es completa y adecuada al programa
Nacional de la Especialidad que curséis.
El tiempo de la residencia se convertirá en una etapa fundamental en
vuestra vida, que seguro, quedará marcada por la ilusión e inquietud que todos los
especialistas en formación traéis en vuestra incorporación. Sabed, que cada
nueva promoción de residentes representa siempre un estímulo para la vida y
actividad de todo un hospital. El CHT os necesita para seguir avanzando con
fuerza y dinamismo porque nos dais energía renovada para seguir luchando por
mejorar, en la misión de búsqueda de la excelencia para la atención de los
pacientes.
El Complejo Hospitalario de Toledo (CHT) está formado por el Hospital
Virgen de la Salud y el Hospital Geriátrico Virgen del Valle. El Hospital Nacional de
Parapléjicos no pertenece al Complejo Hospitalario pero existe una colaboración
docente con varias de las unidades del Complejo Hospitalario: Unidad de Cirugía
Mayor Ambulatoria, Rehabilitación, Urología, Neurofisiología, Microbiología,
Genética, y otras.
El CHT tiene desde hace muchos años una gran tradición docente que se
incrementó de una forma muy llamativa en la década de los años ochenta con la
acreditación de gran parte de las plazas docentes que hoy en día se ofertan.
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Además, en la actualidad, se está a la espera de una posible ampliación de la
oferta con nuevas acreditaciones de servicios o unidades docentes. La oferta para
la convocatoria 2010 se sitúa en 70 plazas acreditadas. Con la incorporación de la
promoción 2010, el CHT albergará a unos 250 especialistas residentes en
formación. Este hecho unido a la construcción del nuevo Hospital de Toledo hace
del CHT un lugar óptimo para cursar el periodo de formación de la Residencia.
Gracias por haber elegido el Complejo Hospitalario de Toledo para
formaros como futuros especialistas. De vosotros esperamos mucho. La Comisión
de Docencia os pide trabajo, ilusión y compromiso constante y os desea una feliz
estancia en Toledo y en el CHT. ¡¡BIENVENIDOS!!
El esfuerzo de hoy, tus dudas y preguntas, tus sugerencias y propuestas… serán
tu seguridad de mañana, tus respuestas y conocimientos, tus iniciativas y logros…
estoy seguro que pensarás que ha merecido la pena cuando ya seas especialista.
Dr. Agustín Julián Jiménez
Jefe de Estudios y Presidente de la Comisión de Docencia
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1.2.- INFORMACIÓN, DIRECCIONES Y CONTACTOS DE INTERÉS
Breve recorrido por Toledo (ciudad de las de las
tres culturas) y por nuestro Complejo Hospitalario:
-
La ciudad está enclavada en el corazón de la
Península
Ibérica,
sobre
un
promontorio
granítico que abraza el río Tajo. Sus orígenes
se pierden en la antigüedad más remota. Los romanos se instalan en ella hacia
el año 190 a. C. Y los visigodos convierten Toledo en la capital de su reino,
época en la que alcanzará un gran desarrollo.
-
Los árabes permanecen más de tres siglos, hasta que en el año 1085 Alfonso
VI llega victorioso a la misma. Son tiempos de convivencia y tolerancia entre
musulmanes, judíos y cristianos, lo que favorece el auge de la ciudad, que se
convierte en faro de la cultura occidental con la Escuela de Traductores,
auspiciada por los Reyes y Arzobispos toledanos. Carlos V mandó construir su
impresionante Alcázar como Palacio Real. Su hijo, Felipe II trasladó
definitivamente la capital de la Monarquía a Madrid.
-
El Complejo Hospitalario de Toledo (CHT) se compone de dos hospitales y un
centro de Especialidades: El “Hospital Virgen de la Salud” (HVS) que cuenta
con 780 camas, 20 quirófanos y 170 consultas que se encuentra en la
ciudad de Toledo (Avenida de Barber nº 30) y el “Hospital Virgen del Valle”
(HVV) situado en la Carretera de Cobisa s/n a unos 5 Kms del Hospital Virgen
de la Salud y que dispone de unas 200 camas de hospitalización geriátrica. El
Centro de Especialidades de Diagnóstico y Tratamiento “San Ildefonso”
depende del HVS y está situado próximo a este hospital.
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-
El CHT se ha convertido en centro de referencia para la Comunidad de Castilla
La Mancha disponiendo de una cartera de servicios muy amplia y completa. El
área de salud de Toledo reúne a unos 430.000 habitantes que se reparten en
29 centros de salud, 99 consultorios y 26 PAC. La provincia de Toledo tiene
680.000 personas censadas que representan el 32.3% de Castilla La Mancha,
que suma un total de 2.100.000 personas que la habitan.
-
La ciudad de Toledo se encuentra en el centro del estado español y es la
ciudad donde se encuentran los órganos de gobierno de Castilla La Mancha.
Su excelente comunicación con Madrid por autovía y autopista de peaje (45
minutos), por los servicio de autobuses (cada 30 minutos) junto con la mejora
del transporte por ferrocarril (Madrid – Toledo en 26 minutos por AVE) hace
que muchos de los trabajadores viajen desde/a Madrid diariamente.
Dirección y forma de contacto con la Secretaría y Comisión de Docencia:
Localización: Comisión de Docencia: 1ª planta de la antigua escuela de enfermería
C/ Alicante s/n,
Dirección postal: Avda de Barber, nº 30. Toledo. C.P: 45004
Dirección URL: www.cht.es
Teléfono: 925269200.
Extensión: 48560
Correos electrónicos:
Comisión de Docencia:
[email protected]
Secretaría Docencia MIR: [email protected] (Adela)
Jefe de Estudios:
[email protected] (Agustín Julián Jiménez)
No dudes en ponerte en contacto con nosotros para cualquier duda
¡¡ Te esperamos !!
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LOCALIZACIÓN DE LOS CENTROS EN LA CIUDAD DE TOLEDO
Hospital Virgen de la Salud
Avda. Barber nº 30,
Toledo. C.P: 45004
Tfno: 925269200
Fax: 925269161
Hospital Virgendel Valle
Carretera de Cobisa s/n.
Toledo. C.P: 45071
Tfno: 925269300
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1.3 COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN DE DOCENCIA y TUTORES 2010-2011
COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN DE DOCENCIA 2010-2011
1. PRESIDENTE
Dr. Agustín Julián Jiménez
Servicio de Urgencias
2. VICEPRESIDENTE
Dra. Solange Amor Andres
Servicio de Geriatría
3. VOCALES EN REPRESENTACIÓN DE LOS ESPECIALISTAS RESIDENTES EN
FORMACIÓN
Dra. Clara María Martín Díaz
M.I.R. Obstetricia y Ginecología
Dra. Raquel Labra González
M.I.R. Medicina Interna
Dra. Paola Isabel Navas
M.I.R. Pediatría
Dr. Zoilo Yusta Escudero
M.I.R. Geriatría
Dr. Jorge Gabriel Sánchez Nava
M.I.R. Medicina de Familia y Comunitaria
Dr. Daniel Pineda Tenor
B.I.R. Análisis Clínicos
4. VOCALES EN REPRESENTACIÓN DE LOS TUTORES
Dr. José Antonio Garrido Robles
Servicio de Neurología
Dr. Marcos Zamora Gómez
Servicio de Pediatría
Dr. Ángel Flores Herrero
Servicio de Angiología y Cirugía Vascular
Dra. Mª Dolores Maldonado del Valle
Servicio de Obstetricia y Ginecología
Dra. Soledad Fernández Zapardiel
Servicio de Radiodiagnóstico
Dr. Juan Luis Orradre Romero
Servicio de Anatomía Patológica
5. COORDINADOR DE MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA
Dr. Francisco López de Castro
6. COORDINADOR MEDICINA DEL TRABAJO
Dr. Alberto Montilla Sánchez de Navas
7. COORDINADOR MEDICINA PREVENTIVA
Enriqueta Muñoz Platón (por delegación)
8. REPRESENTANTE COMUNIDAD AUTÓNOMA
D. Juan Carlos Rubio Sevilla
Responsable de Formación Continuada del Complejo Hospitalario de Toledo
9. REPRESENTANTE DE LA DIRECCIÓN DEL COMPLEJO HOSPITALARIO DE TOLEDO
Dr. Fernando Jiménez Torres
Director Médico del Complejo Hospitalario de Toledo
10. SECRETARIA: Dª María Mercedes Peña Jiménez
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Tutores de los especialistas residentes en formación
del Complejo Hospitalario 2010-2011
Especialidad
Tutores
Dr. Carlos Senent Sánchez
Alergología
Dr. Antonio Menchén Herreros
Análisis Clínicos
Dr. Juan Luis Orradre Romero
Anatomía Patológica
Dr. Ángel Flores Herrero
Angiología y Cirugía Vascular
Dr. Joaquín González Soto; Dra. Mª José Torres Crespo
Anestesiología y Reanimación
Dr. Alfonso Martín Cabello
Dr. Alejandro Repiso Ortega; Dr. Tomás Artaza Varasa
Aparato Digestivo
Dra. Ángeles Cabezas Martínez
Bioquímica Clínica
Dr. Juan Alcalá López; Dr. Fernando López Sánchez;
Cardiología
Dr. Fernando Pajín Valbuena
Dr. Justo Álvarez Martín
Cirugía Gral. y del A.Digestivo
Dr. José María Madruga Sanz; Dra. Natalia Ruiz Mico
Cirugía Ortopédica y
Dr. Felix Tomé Bermejo
Traumatología
Dra. A. Belén Gargallo Quintero; Dra. Cristina Pérez Hortez
Dermatología Méd-Quir. y V
Dra. Julia Sastre Marcos
Endocrinología y Nutrición
Dr. José Mateos Rubio
Farmacia Hospitalaria
Dra. Solange Amor Andrés; Dra. Mª José Led Domínguez
Geriatría
Dr. Antonio Blanco Orenes
Dra. Mª Isabel Gómez Roncero
Hematología
Dra. Carmen López Zarzuela
Medicina Física y Rehabilita.
Dr. Luis Marina Martinez; Dr. Alfonso Velasco Ramos
Medicina Intensiva
Dr. J. F. Bayona León; Dr. Ángel Sánchez Castaño;
Medicina Interna
Dra. Gemma Muñiz Nicolás; Dra. Inmaculada Martín Pérez
Dra. Mª L. Zamorano Rodríguez; Dr. Raúl Orduna Magán
Medicina del Trabajo
Dra. Ana Roca Muñoz
Nefrología
Dr. José Manuel Teijeira Álvarez
Neurofisiología Clínica
Dra. Mª José Herguido Bóveda
Neurocirugía
Dr. J.A. Garrido Robles; Dra. Beatriz Mondejar Marín
Neurología
Dra. Mª D. Maldonado Valle; Dr. Luis Martínez Yañez
Obstetricia y Ginecología
Dr. Pedro Beneyto Martín
Oftalmología
Dr. José Ignacio Chacón López-Muñiz
Oncología Médica
Dr. Jorge Jiménez Antolín
Otorrinolaringología
Dr. Marcos Zamora Gómez; Dr. Raul Borrego Domínguez
Pediatría y Áreas Específicas
Dr. Ángel Pantoja Bajo:
(Hospital)
Dra. Carmen Villaizan Pérez (C.S de Sonseca)
Dra. Mª Victoria García García-Calvo (C.S de Buenavista)
Pediatría y Áreas Específicas en
Dra. Mª Teresa Garde Morales (C.S de Sta Mª Benqueren.)
Atención Primaria
Dr. Santiago de Paz Marín (C.S de Sillería)
Dra. Mª Dolores Cantarero Vallejo (C. S Illescas)
Dra. S. Fernández Zapardiel; Dr. Carlos Lanciego Pérez
Radiodiagnóstico
Dra. Soledad Buitrago Sivianes; Dr. L.M. López Rodríguez
Urología
Dr. José Acosta Roca
MFYC intrahospitalario
Dr. Javier Quiles Lapuerta
Servicio de Neumología (Col)
Dra. Mª J Palomo de los Reyes; Dr. Agustín Julián Jiménez
Servicio de Urgencias (Col)
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1.4 PLAZAS OFERTADAS EN EL CHT año 2011
ESPECIALIDAD
Alergología
Análisis Clínicos
Anatomía Patológica
Anestesiología y Reanimación
Angiología y Cirugía Vascular
Aparato Digestivo
Bioquímica Clínica
Cardiología
Cirugía Gral. y del A. Digestivo
Cirugía Ortopédica y Traumatología
Dermatología Médico-Quirúrgica y V.
Endocrinología y Nutrición
Farmacia Hospitalaria
Geriatría
Hematología y Hemoterapia
Medicina física y Rehabilitación
Medicina Intensiva
Medicina Interna
Nefrología
Neurocirugía
Neurofisiología Clínica
Neurología
Obstetricia y Ginecología
Oftalmología
Oncología Médica
Otorrinolaringología
Pediatría y Áreas específicas
Radiodiagnóstico
Urología
UD MFYC Área de Toledo - CHT
Medicina Preventiva
Medicina del Trabajo
PLAZAS ofertadas 2011
1
1
1
3
1
1
1
3
1
3
1
1
0
5
1
1
2
3
1
1
0
1
3
1
2
1
4
3
1
13
1
2
TOTAL OFERTA 2010
62
UNIDADES ACREDITADAS
DOCENTES
33
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1.5 DECÁLOGO DEL RESIDENTE
1.- Preocupaos por el paciente y por su bienestar. Esto siempre os será
gratificante y en ambientes difíciles os mantendrá la moral alta.
2.- Estáis en el mejor momento de vuestra carrera profesional: no la
desperdiciéis.
3.- El trabajo diario bien hecho os otorgará la estabilidad y la autoestima
precisas para continuar.
4.- Estudiad: si no lo hacéis ahora, difícilmente lo haréis en el futuro. Que el
estudio no sea un trabajo, sino que forme parte de vuestra vida profesional.
5.- Vuestro futuro profesional depende de estos años de la Residencia: el buen
Residente de ahora será el buen jefe del futuro. La frustración, los malos
hábitos y las "malas reservas" se engendran en estos años.
6. Mantened siempre el entusiasmo, los deseos de superación, la capacidad de
sorpresa y de autocrítica.
7.- El tiempo pasa rápido, demasiado rápido para vosotros... No desperdiciéis
las horas de trabajo y estudio.
8.- No miréis a los lados ni oigáis los "cantos de sirena" de algunos que os
rodean.
Seguid hacia adelante en vuestro camino, que al final la razón será vuestra.
9.- Escuchad y aprended de aquellos jefes que merezcan vuestra confianza. A
ellos les costó mucho saber lo que saben y conocer lo que conocen, y todo esto
pocas veces les fue fácil conseguirlo.
10.- Por último, recordad el viejo proverbio:
AÚN EL MAS LARGO DE LOS CAMINOS, COMIENZA CON UN PRIMER
PASO.
¡Buena suerte!
Med Clin (Barc) 1996; 107:517
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2.- COMISIÓN DE DOCENCIA
La Comisión de Docencia es el órgano de máxima responsabilidad en la
organización y supervisión de los programas de formación de los Residentes. Sus
funciones están recogidas en la Orden del Ministerio de la Presidencia del 22 de
Junio de 1995 (BOE núm. 155)
Comisión de Docencia del Complejo Hospitalario de Toledo
Ubicación: en la sexta planta del Hospital Virgen de la Salud
Teléfono: 925-269152
Jefe de estudios: Dr. Agustín Julián Jiménez (Servicio de Urgencias).
Secretaria Docencia Médica: Adela Peña
FUNCIONES DE LA COMISIÓN
1. Aprobar a propuesta de los correspondientes tutores, una guía o itinerario
formativo tipo de cada una de las especialidades que se forman en su ámbito. Dicha
guía, que garantizará el cumplimiento de los objetivos y contenidos del programa
oficial de la especialidad, se adaptará a las características específicas de cada
Unidad.
2. Garantizar que cada uno de los residentes de las especialidades que se
formen en su centro o unidad, cuenten con el correspondiente plan individual de
formación, verificando en colaboración con los tutores de la especialidad de que se
trate, su adecuación a la guía formativa o itinerario tipo antes citado.
3. Elaborar y aprobar el plan de gestión de calidad docente del centro o
unidad, supervisando su cumplimiento, a cuyos efectos les será facilitada cuanta
información sea necesaria por los responsables de las unidades asistenciales y por
los correspondientes órganos de dirección y gestión.
4. Elaborar protocolos escritos de actuación para graduar la supervisión
de las actividades que lleven a cabo los residentes en áreas asistenciales
significativas, con referencia especial al área de urgencias o cualesquiera otras que
se consideren de interés, según los términos establecidos en la legislación vigente
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(RD 183/2008). Dichos protocolos se remitirán a la correspondiente dirección para que
el Jefe de Estudios consensúe con ellos su aplicación y revisión periódica y podrán
ser solicitados por el órgano competente en materia de Formación Sanitaria
Especializada de Castilla-La Mancha.
5. Facilitar la adecuada coordinación docente entre niveles asistenciales.
6. Proponer a los órganos competentes en la materia la realización de
auditorias docentes.
7. Aprobar y fomentar la participación de los residentes en cursos,
congresos, seminarios o reuniones científicas, relacionados con el programa,
previo informe de la unidad de apoyo a la formación/investigación que en cada caso
corresponda, oído el tutor y el responsable de la unidad asistencial de que se trate.
8. Facilitar la formación continuada de los tutores en metodologías docentes
y otros aspectos relacionados con los programas formativos.
9. Participar en la acreditación y reacreditación de tutores en los términos
que establezca la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha.
10. Informar, al menos anualmente, a la Gerencias correspondientes sobre la
capacidad docente del centro o unidad.
11. Remitir al Registro Nacional de Especialistas en Formación, a través
de su presidente, las evaluaciones finales y anuales, así como los resultados de
sus revisiones y los períodos de recuperación que en su caso correspondan, en
los términos previstos en la legislación vigente. Asimismo, se notificarán al Registro
Nacional de Especialistas en Formación las excedencias y demás situaciones que
repercutan en la duración período formativo, según las instrucciones que dicte el
mencionado registro.
12. Comunicar por escrito a los residentes el lugar donde se ubicará el
tablón/es oficial/es de anuncios de la Comisión en el que se insertarán los avisos y
resoluciones de la misma. La existencia de dichos tablones de anuncios se entiende
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sin perjuicio de la utilización de otros medios añadidos, incluidos los telemáticos, que
faciliten la divulgación de los citados avisos y resoluciones.
13. Procurar que en los dispositivos del centro o unidad se den las condiciones
necesarias para impartir una adecuada formación a los residentes, así como para
llevar a cabo la evaluación formativa de las actividades de los mismos, procediendo a
la revisión de las evaluaciones anuales en los términos previstos en la legislación
vigente.
14. Procurar que en los dispositivos de carácter universitario que se integren en
el centro o unidad exista una adecuada coordinación entre las enseñanzas
universitarias de grado y postgrado y la formación especializada en ciencias de la
salud.
15. Proponer a los correspondientes órganos de dirección que adopten las
medidas necesarias para que se dote a las comisiones de docencia y a los tutores de
los medios materiales y personales que sean necesarios para la adecuada realización
de sus funciones.
16. Cuantas funciones les asignen los órganos competentes en Formación
Sanitaria Especializada de Castilla La Mancha, o les atribuyan las disposiciones
reguladoras de la formación sanitaria especializada.
Jefe de Estudios
Como presidente de la Comisión de Docencia es el responsable de que se
cumplan las funciones encomendadas a este órgano, estimulando su actividad y
ejecutando sus acuerdos.
Sobre el Jefe de Estudios recae la responsabilidad final de que los residentes,
como colectivo y como individuos, cubran todos los objetivos de su formación como
especialistas.
Su misión es, velar porque el hospital en su conjunto, y cada servicio en
concreto reúna las condiciones adecuadas para el desarrollo de los programas de
formación, coordinando las relaciones entre las distintas Unidades Docentes;
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organizando actividades formativas que por su carácter general quedan fuera del
cometido particular de los diferentes Servicios; debe informar a los Órganos de
Gobierno sobre las necesidades y los problemas de la docencia.
Corresponde al Jefe de Estudios la dirección y coordinación de las actividades
de los Tutores, la supervisión de la aplicación práctica de los programas formativos de
las diferentes especialidades, y la gestión de los recursos materiales y personales
específicamente adscritos a la actividad docente del Centro.
Tutores
En cada unidad docente acreditada, hay generalmente un tutor y en algunos
casos varios tutores, responsables del desarrollo del programa de formación de los
residentes, del propio servicio y de los asignados temporalmente (rotantes externos al
servicio).
Las funciones de los tutores:
1.- Propuesta a la Comisión de Docencia de los planes individuales de
formación para cada uno de los Especialistas en formación a su cargo.
2.- Supervisión del cumplimiento de los programas de formación y de la
actividad asistencial en cuanto forme parte del programa.
3.- Fomentar la participación en actividades docentes e investigadoras de la
unidad acreditada.
Rotaciones de residentes de otros hospitales en nuestro Complejo Hospitalario.
Los requisitos para que se realicen estas rotaciones son:
La solicitud por parte de la Comisión de Docencia del Centro de origen al tutor
de la especialidad correspondiente.
Con la respuesta del tutor de la especialidad de nuestro Complejo Hospitalario,
la Comisión de Docencia notifica la resolución definitiva a la Comisión de Docencia del
Hospital solicitante.
La Comisión de Docencia del Hospital Solicitante debe tramitar luego la
solicitud al órgano competente de la Comunidad Autónoma para su aprobación
definitiva.
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Rotación de residentes de nuestro Complejo Hospitalario en otros centros.
Dichas rotaciones se tramitan de acuerdo a las directrices para la tramitación
de rotaciones externas establecidas en el art 21 del RD 183/2008 y según las
directrices específicas del SESCAM.
El tutor de la especialidad solicita a la Comisión de Docencia de nuestro
Hospital dicha rotación, haciendo constar los objetivos docentes de la rotación así
cómo la justificación de que sea necesario realizar una rotación externa para alcanzar
dichos objetivos.
La Comisión de Docencia, una vez estudiado el expediente, emite un informe;
si éste es favorable, tramita dicha solicitud al tutor de la especialidad del Centro de
destino a través de la Comisión de Docencia de dicho Centro.
Es necesario un documento en el que se especifique el compromiso de la
Gerencia del Centro de origen de seguir abonando al Residente la totalidad de las
retribuciones.
La Comisión de Docencia del Centro de destino emite un informe; si es
favorable, con dicho informe, la Comisión de Docencia de nuestro Complejo
Hospitalario tramita definitivamente la solicitud de rotación a la Secretaría General del
SESCAM, como órgano competente de la Comunidad. El expediente completo debe
recibirse en la Secretaría General del SESCAM como mínimo 45 días antes del inicio
de la rotación.
Al final de la rotación el Centro receptor debe transmitir a la Comisión de
Docencia un informe de evaluación que se adjuntará a la hoja de evaluación anual.
DIRECTRICES
EXTERNAS:
GENERALES
A
APLICAR
PARA
ROTACIONES
1. Las solicitudes de autorización de Comisiones de Servicio para rotaciones
externas se realizarán sólo en el caso de no estar previstas en el expediente que sirve
de base a la acreditación otorgada al Centro o Unidad.
2. Deben ser propuestas por el tutor del residente a la Comisión de Docencia
del Centro de origen.
3. En la propuesta realizada por el tutor se deben especificar los objetivos que
se pretenden, que deben referirse a la ampliación de conocimientos o al aprendizaje
de técnicas no practicadas en el Centro de origen, necesarias según el programa de la
especialidad, así como la duración de la rotación.
4. La Comisión de Docencia del Centro de origen, estudiará la propuesta
realizada y emitirá el informe correspondiente.
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5. La Comisión de Docencia del Centro de origen tramitará ante la Comisión de
Docencia del Centro de destino la rotación externa solicitada, la cual, a la vista del
programa docente diseñado y de acuerdo a los servicios que correspondan, deberá
emitir un informe favorable o desfavorable a la rotación externa solicitada. Dicho
informe se remitirá a la Comisión de Docencia del Centro de origen. Posteriormente
se remitirá el expediente completo y como mínimo 45 días antes del comienzo
de la rotación, a la Secretaría General del SESCAM quien, cómo órgano
competente en dicha materia, realizará la autorización definitiva.
6. En todo caso, debe existir un compromiso de la Gerencia del Centro de
origen de continuar abonando al residente la totalidad de las retribuciones que le
correspondan.
7. Las rotaciones no deben superar, para un especialista en formación, los
seis meses de duración por Centro o Unidad, ni exceder, en el conjunto del
período formativo de la especialidad, de doce meses. Se realizarán
preferentemente en Centros acreditados ubicados en el territorio de la misma
Comunidad Autónoma. Con carácter excepcional podrán autorizarse para Centros no
acreditados o de países extranjeros.
8. Se debería aplicar un criterio restrictivo en el caso de R-1, dado que el
primer año tiene consideración de formación básica, pareciendo excepcional el hecho
de que el Centro no cuente con los recursos técnicos y humanos necesarios para
garantizar el primer año de formación.
9. La Comisión de Docencia del Centro de destino, en el cual se realiza la
rotación externa, enviará a la Comisión de Docencia del Centro de origen, la
evaluación de la rotación realizada.
10. A efectos de la evaluación anual, es necesario que el residente
permanezca el último mes de cada año formativo en su Centro de origen, la cual
deberá figurar debidamente visada en el expediente docente del residente o en su
caso, en el Libro del Especialista en Formación.
11. La asistencia del residente a cursos, congresos, seminarios o reuniones
científicas, en ningún caso tendrán la consideración de rotación externa. En todo caso,
este tipo de actividades se regulará por la normativa del SESCAM que está vigente
desde Febrero de 2004 y para la asistencia a las distintas actividades formativas se
requerirá la aprobación del Tutor o Jefe de Servicio y del Presidente de la Comisión de
Docencia. En cualquier caso se deberá entregar dos copias del formulario “Solicitud
de permiso para la asistencia de cursos y congresos” ver en la página WEB:
Documentos de Interés para los especialistas residentes en formación.
12. En relación a los días anuales disponibles para actividades formativas, en la
normativa a la que se hace referencia en el punto 11, se excluye de la normativa
general a los MIR, FIR y QIR, que por sus necesidades específicas, será cada centro
a través de la comisión de Docencia y la Dirección Médica quien establecerá las
regulaciones oportunas.
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EVALUACIÓN DE LOS RESIDENTES
La Comisión se encarga de la evaluación continuada a los Residentes y coordina
la evaluación de las Unidades Docentes por parte de ellos. Se realiza:


Una evaluación al final de cada una de las rotaciones.
Una evaluación anual por un comité de evaluación, que se constituye de
acuerdo a la Orden Ministerial de 22 de Junio de 1995 y al RD 183/2008.
En el caso de los Residentes que terminan su formación, se procederá a la
evaluación anual y a la evaluación final de su periodo de formación.
Evaluación de la formación de los MIR
Se realizará por medio de dos elementos:
1. Las hojas de evaluación de cada rotación realizada, firmados por el staff con
el que cada rotación tiene lugar o por el tutor de la especialidad propia de la rotación
(ver modelo en página siguiente)
2. La “Memoria-Base de datos del MIR”, que sustituyen al oficial “Libro del
Residente” y que incluirá todas las actividades y actuaciones desde el punto de vista
asistencial, docente e investigador. Esta información servirá al residente para elaborar
su Currículum Vitae.
Esta
memoria
está
colgada
http://www.cht.es/mir2006/NOVEDADES/descarga.php?descarga=residentes
en:
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Modelo normalizado (MSPS) de evaluación de las rotaciones
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Los informes de evaluación tienen una escala de calificación de 0 a 3 (no apto,
apto, destacado y excelente).
Este curso lo evaluadores han sido rigurosos con las calificaciones, esto nos
permite discriminar. Las calificaciones en nuestro hospital son cada vez más
ajustadas a la realidad. Es infrecuente calificar con 3 de modo rutinario, y los tutores y
evaluadores son conscientes de que el procedimiento precisa ser riguroso. Las
evaluaciones excelente y no apto siempre requerirán un estudio detallado y la
confirmación por parte del Comité de evaluación antes de ser definitivas.
Este año los tutores han elaborado unas HOJAS DE HABILIDADES, por año
de residencia y especialidad, esto ha sido un arduo trabajo de cada uno de los
tutores, que nos sirve de herramientas a todos, para discriminar a la vez que
habilitamos a los residentes para la actividad asistencial.
Las notas constan de dos conceptos: uno asistencial, que es la media de las
hojas de evaluaciones, y otro la memoria docente: los dos conceptos darán una nota
final: No apto, apto, destacado, excelente.
Entre los Residentes Excelentes, un tribunal concederá cinco premios a los
Residentes con mejores calificaciones asistenciales y docentes, que serán
entregados en los actos conjuntos de bienvenida y despedida de los residentes el día
21 de mayo de 2010 en el salón de actos del Hospital Virgen de la Salud a las 13:00
horas.
Evaluación de los residentes sobre la docencia recibida en los
Servicios/Unidades
Aunque cada vez son más los Servicios/Unidades que realizan su propia
evaluación interna, se ha puesto en marcha una evaluación que consiste en una
reunión general con los residentes de cada servicio y ésta se complementa con una
encuesta anónima analizando los aspectos más importantes para el residente;
formación, integración, docencia e investigación, responsabilidad, tutorización. Todo
ello para presentar unas conclusiones al tutor y al Jefe de servicio con objeto de
solucionar las lagunas y aspectos desfavorables que perciban los residentes.
Como alternativa, ocasionalmente algún residente, de modo particular o bien el
conjunto de ellos de una especialidad concreta, puede tener una entrevista con el
Jefe de Estudios para comunicarle algún problema de su formación. En otras
ocasiones, los residentes pueden comunican por escrito sus quejas.
En cualquier caso, siempre que algún residente quiera comunicar cualquier
asunto o solicitar una reunión con el Jefe de Estudios, el Complejo Hospitalario
garantiza
su
atención
de
forma
constante
e
inmediata.
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PROGRAMAS DE FORMACIÓN MIR
Formación sanitaria especializada: Guías y programas de las distintas especialidades
de profesionales sanitarios residentes en formación
ES IMPRESCINDIBLE QUE TODOS OS LEAIS VUESTRO PROGRAMA DE
FORMACIÓN QUE ENCONTRAREIS EN LA PÁGINA WEB:
http://www.msc.es/profesionales/formacion/guiaFormacion.htm
Aquí podréis descargaros el programa de vuestra especialidad.
También, en la Secretaría de Docencia Médica se os facilitará el programa oficial
impreso.
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3.- PROPUESTA DOCENCIA CURSOS DE FORMACIÓN
PROPUESTA DE DOCENCIA MÉDICA A FORMACIÓN CONTINUADA 2011-12
1.- CURSOS OBLIGATORIOS PARA el año 2011 (residentes primer año)
- Seminario de introducción al Complejo Hospitalario de Toledo (introducción,
bioética en la práctica clínica, situaciones estresantes para el residente, aspectos
médico-legales). Día 16 de mayo de 2011 (16:00-20:00 horas)
- Curso básico de prevención de riesgos laborales del CHT
Día 17 de mayo de 2011 (16:00-19:00 horas)
- Básico de Urgencias* (70 plazas, 36 horas lectivas + prácticas). Del 18 mayo
hasta el 3 de junio de 2011. (16:00-20:30 horas).
- Revisión bibliográfica (15 plazas por curso, 16 horas lectivas, varias ediciones)
- Lectura Crítica (15 plazas por curso, 8 horas lectivas)
- Soporte vital básico + DEA (15 plazas por curso, varias ediciones)
- Curso de protección radiológica para residentes**
- Curso de radioprotección avanzado (para residentes de radiodiagnóstico)
* Obligatorio para los residentes que vayan a hacer guardias en el Servicio de Urgencias en Medicina
Interna.
** Para todas las especialidades incluidas en la orden del Ministerio de sanidad y Consumo del 21 de
abril de 2006 según sus programas de formación.
2.- PROPUESTAS CURSOS de gran interés para residentes año 2011
- Soporte vital avanzado (tras superar el curso de soporte vital básico + DEA)
- Inglés científico (intermedio-avanzado)
- Electrocardiografía básica (12 horas lectivas)
- Radiología básica (12 horas lectivas)
- Metodología de la investigación (tras completar y superar los cursos de lectura crítica
y revisión bibliográfica)
- SPSS (tras completar lectura crítica y revisión bibliográfica)
- Profilaxis e infección en Medicina y Cirugía
- Curso de manejo del Mareo y vértigo
- Curso de manejo del Dolor
- Curso de comunicación I: ¿Cómo dar malas noticias médicas?
- Curso de comunicación II: ¿Cómo hablar en público?
3.- CURSOS OBLIGATORIOS PARA TUTORES el año 2011
-
Metodología docente y gestión de la formación de médicos en formación***
- ¿Cómo evaluar a los residentes?*
* Para los tutores que no los hayan realizado todavía y los nuevos acreditados.
El resto de cursos y actividades formativas internas del CHT pueden consultarse en:
http://webformacion.gaeto.sescam.jclm.es/fcont/fcindex.htm
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SEMINARIO DE INTRODUCCION AL COMPLEJO
HOSPITALARIO DE TOLEDO (1ª EDICION)
16 DE MAYO DE 2011
CONTENIDOS:
16.00H INTRODUCCIÓN Y PRESENTACIÓN
(Dr. Agustín Julián Jimenez- jefe de estudios del cht)
17,00h ASPECTOS MÉDICO-LEGALES DE INTERÉS PARA EL RESIDENTE.
(Dª Elena Carrascoso Sánchez- Gabinete Jurídico del cht)
18,00h SITUACIONES ESTRESANTES PARA EL RESIDENTE. PROGRAMA PAIME.
(Dra. Pino Morales- Servicio de Psiquiatría)
19,00h Bioética (Dr. Julio Moraleja- Servicio de Medicina Interna)
DIRIGIDO A:

RESIDENTES DE NUEVA INCORPORACION
DESARROLLO DEL CURSO:
 FECHAS: 16 DE MAYO DE 2011
 HORARIO: DE 16 A 20 HORAS
 DURACIÓN: 4 horas.
 LUGAR: SALON DE ACTOS
INSCRIPCIONES: En Formación Continuada, hasta el día 3 de mayo de 2010. La relación de admitidos aparecerá
el día 16 mayo
ORGANIZA: Unidad de Formación Continuada.
FORMACION INICIAL EN PREVENCION DE
RIESGOS LABORALES. RIESGOS GENERALES
17 DE MAYO DE 2011
OBJETIVO:
Formar sobre los Riesgos Generales a los que pueden estar expuestos todos los trabajadores del Complejo Hospitalario de
Toledo, y las Medidas de Protcción y Prevención para dichos riesgos.
CONTENIDOS:
-Objetivos especificos
-Conceptos generales y marco normativo.
-Riesgos ligados a Condiciones de Seguridad.
-Riesgos ligados a condiciones de higiene.
-Riegos ligados a condiciones ergonómicas.
-Riesgos ligados a condiciones Psicosociales.
-Primeros auxilios.
-Prevención y actuación ante incendios e inundaciones.
-Organización Preventiva del SPRL del area 1 toledo
DIRIGIDO A:

MEDICOS RESIDENTES DEL CHT
DESARROLLO DEL CURSO:
 FECHAS: 17 DE MAYO DE 2011
 HORARIO: DE 16 A 19 HORAS
 DURACIÓN: 3 horas.
 LUGAR: SALON DE ACTOS DEL CHT.
INSCRIPCIONES: En Formación Continuada, hasta el día 16/05/11.
ORGANIZA: Unidad de Formación Continuada.
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CURSO BASICO DE URGENCIAS (3ªEDICION)
DEL 18 DE MAYO AL 3 DE JUNIO DE 2011
OBJETIVO:
Dotar a los médicos que se encargan de la asistencia clínica en el Servicio de Urgencias de los conocimientos básicos necesarios para
reconocer los síndromes clínicos urgentes más frecuentes y así realizar una correcta asistencia urgente.
-Identificar los principales cuadros clínicos de urgencias.
-Reconocer las situaciones críticas ó potencialmente vitales para el enfermo.
-Realizar una adecuada y sistemática historia clínica a todo enfermo que acuda al servicio de Urgencias.
-Describir los aspectos médicos-legales más trascendentes en el servicio de Urgencias.
-Interpretar y realizar una lectura sistemática de la analítica básica de urgencias, de la radiología simple y del electrocardiograma.
-Demostar que se han alcanzado una serie de conocimientos mínimos teóricos y prácticos del contenido del curso.
CONTENIDOS:
1ª DIA de 16:00-20:30 horas (Dra.Palomo/Dr.Acosta):
La Historia Clínica.
Interpretación básica de la analítica en urgencias.
Interpretación básica del ECG en urgencias.
Interpretación básica de la Radiología de tórax y abdomen
18:00-18:30 descanso
Soporte Vital Básico.
Soporte Vital Avanzado.
2ª DIA de 16:00-20:30 horas (Dr. Aguilar/ Dra Fraiz):
Dolor torácico en urgencias.
SCA.
Arritmias.
18:00-18:30 descanso
Síncope.
HTA.
IC-EAP.
3ª DIA de 16:00-20:30 horas (Dr. Julián):
Disnea en urgencias. EPOC reagudizado. Asma. TEP.
Neumotórax - Neumomediastino - Derrame Pleural.
18:00-18:30 descanso
Síndrome febril.
Sepsis. Tratamiento empírico de las infecciones en
urgencias. (Infecciones respiratorias, Infecciones del
Sistema Nervioso, Infecciones del tracto urinario).
4ª DIA de 16:00-20:30 horas (Dr. Corrionero):
Dolor abdominal agudo.
Obstrucción intestinal.
Patología vía biliar.
18:00-18:30 descanso
Diarrea aguda (GEA)
HDA-HDB.
Pancreatitis
5ª DIA de 16:00-20:30 horas (Dr Canomanuel):
Exploración neurológica.
Mareos y vértigos en urgencias.
Cefalea.
18:00-18:30 descanso
ACVA.
Crisis comiciales.
Síndrome confusional agudo.
6ª DIA de 16:00-20:30 horas (Dra. Laín/ Dr. Lázaro):
Intoxicaciones en urgencias.
Urticaria, angioedema y analfilaxia.
18:00-18:30 descanso
Insuficiencia renal aguda.
Urgencias urológicas.
Equilibrio ácido-base.
Alteraciones hidroelectrolíticas. Sueroterapia.
18:00-18:30 descanso
8ª DIA de 16:00-20:30 horas (Dra Palomo / Dra
Corrionero):
Politraumatizado.
Fármacos de uso en Soporte Vital Avanzado.
18:00-18:30 descanso
Examen final.
Despedida del Curso.
DIRIGIDO A:

MEDICOS RESIDENTES DEL C.H.T.
DESARROLLO DEL CURSO:

FECHAS: DEL 18 DE MAYO AL 3 DE JUNIO DE 2011

HORARIO: DE 16:00 A 20:30 HORAS

DURACIÓN: 36 horas.

LUGAR: SALON DE ACTOS
INSCRIPCIONES: En Formación Continuada, hasta el día
04/05/2010. La relación de admitidos aparecerá el día
11/05/2010
COMPENSACION HORARIA: Esta acción formativa NO tiene
compensación horaria.
ORGANIZA:
Unidad
de
Formación
Continuada
7ª DIA de 16:00-20:30 horas (Dra Palomo/Dr Acosta):
Hiperglucemia. Hipoglucemia.
Anemia. Leucopenia. Trombopenia. Pancitopenia.
18:00-18:30 descanso
25
4.- PERMISOS Y LICENCIAS OFICIALES
SOLICITUD DE PERMISOS Y LICENCIAS OFICIALES
D/Dñª.
con la categoría de ____________________________
_________________
SOLICITA: Le sea concedido disfrutar
TIPOS DE PERMISO
adscrito a la Unidad de
VACACIONES ANUALES REGLAMENTARIAS
DÍAS DE LIBRE DISPOSICIÓN
LICENCIA POR MATRIMONIO *
NATALIDAD *
FALLECIMIENTO FAMILIAR *
PROVINCIA
1er. GRADO
MISMA
2º GRADO
DISTINTA
1er. GRADO
MISMA
2º GRADO
DISTINTA
PROVINCIA
ENFERMEDAD O INTERV.
PROVINCIA
QUIRÚRG. GRAVE *
PROVINCIA
EXÁMENES *
CAMBIO DE DOMICILIO *
OTROS * (Especificar)
DURACIÓN DEL PERMISO
Desde el
_______________________________
Hasta el
Total días solicitados
Toledo
de
de
Vº. Bº.
EL DIRECTOR MEDICO
SOLICITANTE
Fdo.:
Vº.Bº
JEFE ESTUDIOS MIR
Fdo.:
EL RESPONSABLE DE
LA UNIDAD
Fdo.:
EL
Fdo.:
* NOTA: La autorización de este permiso estará supeditada a la justificación correspondiente, ante la
ausencia de justificación el disfrute del día será contabilizado como vacación o libre disposición.
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COMISIÓN DE DOCENCIA
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5.- VALORACIÓN RESIDENTES A LA DOCENCIA
ENCUESTA SOBRE ROTACIONES DE RESIDENTES DE
ESPECIALIZADA AÑO 2011
ESPECIALIDAD:
PREGUNTA
PUNTUACIÓN
(0-10 puntos)
1
¿Cómo valoras la organización de la Docencia en tu
Servicio?
2
¿Cómo valoras la organización de las sesiones en tu
Servicio?
3 ¿Cómo valoras la labor del Tutor de tu Especialidad?
4 ¿Cómo valoras tu grado de dedicación a la Residencia?
5
¿En
qué
medida
te
son
útiles
las
guardias
de
tu
especialidad?
6 ¿En qué medida te son útiles las guardias de Urgencias?
7
¿
Qué
grado
de
interés
tiene
para
ti
la
Formación
Complementaria que te ofrece el Hospital?
8
¿En
qué
medida
tu
formación
como
Residente
está
cumpliendo tus expectativas?
9 ¿Cómo valoras la adquisición de Responsabilidades en tu
Especialidad?
¿Qué puntos consideras muy positivos en tu Servicio como beneficiosos para el Residente?
¿Qué puntos consideras negativos en tu Servicio desde el punto de vista formativo para el Residente?
Indica algún aspecto mejorable en tu opinión en la docencia de tu Especialidad
Si te preguntan sobre la Residencia de tu Especialidad en Toledo: (marca lo que proceda)
o Está perfectamente capacitado para la docencia
o Está suficientemente capacitado para la docencia, pero puede mejorar
o Está capacitado, pero tiene importantes áreas de mejora
o No está capacitado para la docencia
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6.NORMATIVA DE GUARDIAS DE LOS
MÉDICOS EN FORMACIÓN DEL COMPLEJO
HOSPITALARIO DE TOLEDO
NORMATIVA DE GUARDIAS
DE LOS MÉDICOS EN
FORMACIÓN DEL
COMPLEJO HOSPITALARIO
DE TOLEDO
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COMISIÓN DE DOCENCIA
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1.- INTRODUCCIÓN
- El presente documento ha sido elaborado por el grupo de trabajo creado tras
el acuerdo alcanzado por la Comisión de Docencia celebrada el día 5 de
octubre de 2009, con el objetivo de elaborar una normativa que actualice,
sustituya y/o complete a los documentos aprobados previamente por la
Comisión de Docencia y que sirvan de referencia para la realización de las
guardias por los médicos en formación en el CHT (Complejo Hospitalario de
Toledo). Además, dicha normativa incluirá las consideraciones oportunas para
determinados servicios o áreas asistenciales como el Servicio de Urgencias del
Hospital (SUH).
- El grupo de trabajo estará compuesto, inicialmente, por:
Dra. Solange Amor Andrés (Vicepresidenta de la Comisión de Docencia y
Tutora de Geriatría).
Dra. Mª José Palomo de los Reyes (Tutora del Servicio de Urgencias).
Dra. Ana Pedrosa Guerrero (Representante de los médicos en formación de la
Comisión Docencia MIR).
Dr. Zoilo Yusta Escudero (Representante de los médicos en formación de la
Comisión Docencia MIR).
Dr. Gabriel Sánchez Navas (Representante de los médicos en formación de la
Comisión Docencia MIR).
Dr. Agustín Julián Jiménez (Jefe de Estudios y Presidente de la Comisión de
Docencia MIR).
- El Documento será presentado a la Dirección del CHT (Director Gerente D.
Eugenio García Díaz) y a la Comisión de Docencia para ser valorado y
analizado. Así, cuando sea aprobado por ambas, pasará a ser la normativa
oficial y el reglamento de organización y funcionamiento en las guardias del
CHT.
2.- OBJETIVOS, GENERALIDADES Y MARCO LEGAL
2.1- Objetivo de la normativa:
Crear un marco y las directrices oportunas que regulen la organización y
funcionamiento de las guardias de los médicos en formación en el CHT
contribuyendo a integrar la actividad asistencial y docente de éstos.
2.2- Generalidades:
Las guardias constituyen una parte especial, singular e insustituible del
aprendizaje del médico especialista en formación y de su relación con el centro
docente. Por lo tanto, deben ser integradas y estructuradas según el programa
de del médico en formación y la organización y actividad propias del centro, de
acuerdo con las características del mismo. Desde el punto de vista docente, la
experiencia, conocimientos y habilidades que se adquieren durante la
realización de las guardias, así como la dinámica de la atención continuada,
complementan a las conseguidas durante las rotaciones programadas. Todo
ello garantizará la formación integral del médico en formación y contribuirá a la
asunción progresiva de responsabilidades.
Las guardias tienen un carácter obligatorio para el médico en formación
y durante su realización deben estar supervisados por los colaboradores
docentes (facultativos de guardia) y los tutores
de las unidades o
especialidades o del Servicio de Urgencias del Hospital (SUH). Este aspecto
debe estar regulado por el protocolo de supervisión en las guardias de los
médicos en formación que se incluye en esta normativa (ver en anexos al final).
29
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A la hora de planificar las guardias de los médicos en formación deberá
tenerse en cuenta la doble condición de personal en formación y de trabajador
del CHT. Por lo que a estos efectos, deberá existir la adecuada coordinación
entre los tutores y Docencia Médica por un lado y la Dirección Médica del CHT
y responsables de las unidades asistenciales o SUH por otro. De esta forma se
asegurará una colaboración mutua y una integración de los aspectos
formativos y asistenciales.
Numerosas unidades docentes y especialidades en el CHT integran
guardias de los médicos en formación que se organizan dentro de la estructura
funcional de dichos servicios y que pueden ir variando en función de las
necesidades docentes y/o asistenciales. Del mismo modo, el SUH representa
un lugar singular por sus características y el gran número de médicos en
formación que realizan guardias.
El cambio de guardia o relevo siempre se realizará a los médicos en
formación que entren de guardia, nunca al personal de enfermería, por lo que
hasta que éstos no hayan llegado y se hayan incorporado a la misma, el equipo
de guardia “saliente” no podrá ausentarse ni dejar de realizar sus funciones.
La hora fijada para el relevo de guardia en el caso del SUH será la
determinada por el Coordinador del SUH y la Comisión de Docencia. En la
actualidad está fijada de la siguiente forma: de lunes a jueves la guardia será
de 15:00 horas hasta las 9:00 horas del día siguiente; los viernes de 15:00
horas hasta las 10:00 horas del día siguiente; los sábados desde las 10:00
horas hasta las 10:00 horas del día siguiente y los domingos y festivos desde
las 10:00 horas hasta las 9:00 horas si el día posterior es laborable y hasta las
10:00 horas si también es festivo.
2.3- Marco legal relevante:
- Pacto del 1 junio de 1993 entre la administración sanitaria del estado y
las organizaciones sindicales sobre permisos, licencias y vacaciones.
- Orden de 22 de junio de 1995 por la que se regulan las comisiones de
docencia y los sistemas de evaluación de la formación de médicos y de
farmacéuticos especialistas.
- Ley 44/2003 de 21 de noviembre (de ordenación de las profesiones
sanitarias): Sección II. De la estructura y la Formación en las Especialidades en
Ciencias de la Salud.
- Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario
de los servicios de salud. Capítulo X.
- Orden del 3 de febrero de 2004 de la Dirección General de Atención
Sanitaria del SESCAM: Instrucciones sobre la asistencia a distintas
actividades formativas por los profesionales de instituciones sanitarias del
SESCAM.
- Real Decreto 1146/2006 del 6 de octubre, en el que se regula la relación
laboral especial de residencia para la formación de Especialistas en Ciencias
de la Salud.
- D.O.C.M Número 100 de 14 de mayo de 2007 págs 12356-7: Resolución
de 26-04-2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se ordena la
publicación del Acuerdo suscrito entre el Servicio de Salud de Castilla La
Mancha y las Organizaciones Sindicales sobre condiciones laborales y
económicas del personal sanitario en formación por el sistema de residencia.
30
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- Real Decreto 183/2008 de 8 febrero, por el que se determinan y clasifican
las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados
aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.
Capítulo V: deber general de supervisión y responsabilidad progresiva del
residente.
- Artículo 14. El deber general de supervisión.
- Artículo 15: La responsabilidad progresiva del residente.
3- ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO GENERAL
3.1.- ¿Quién organiza y regula los planes de guardias?
Corresponde integrar las guardias de los residentes a los órganos de
Dirección o responsables del centro conjuntamente con la Comisión de
Docencia; a través de las propuestas coordinadas de los jefes de servicio o
coordinador del SUH con los tutores de los residentes, para lograr la
integración de los aspectos formativos y asistenciales de las mismas (1-3).
Las guardias para los médicos en formación, por norma general, tendrán
la misma hora de comienzo y finalización que la determinada para los
facultativos de dicha especialidad o del SUH. En casos especiales que precisen
alguna modificación se acordará conjuntamente por la Dirección del Centro y
la Comisión de Docencia, teniendo en cuenta el área o servicio implicado. De
esta forma se establece de común acuerdo entre la Dirección Médica del CHT
y la Comisión de Docencia MIR la organización de las guardias de los
residentes incluidas dentro del plan de organización de guardias del CHT.
Las guardias a cubrir se distribuirán a lo largo de los días del mes de
forma proporcionada, repartidas entre los médicos en formación. Así, si en una
especialidad hay un médico en formación de guardia por día, antes de doblar y
asignar un segundo médico en formación, deberán estar cubiertos el resto de
los días del mes con un médico por día. Lo mismo pasará cuando haya dos
médicos en formación de guardia (para que haya un tercero deben estar
completados el resto de días con dos médicos) y en las áreas con un gran
número de médicos en formación por día (p. ej: área de medicina interna del
SUH) deberán coordinarse los distintos responsables o encargados de poner
las guardias (R1, R2, R3-5) para que todos los días haya un mínimo número de
médicos (ejemplo: cuando todos los días haya 7 médicos en formación, se
podrán asignar días con 8 personas, pero no podrá haber en el calendario
oficial días con 6 o 9 médicos).
3.2.- ¿Quién elabora el calendario de guardias?
Dada la complejidad del SUH, se dará prioridad a la confección de sus
calendarios de guardias, pero para ello se coordinarán los encargados de
poner las guardias de Urgencias con el resto de especialidades y unidades
docentes (medicina de Familia) siendo ideal e intentando conjuntamente
elaborar los calendarios de guardias con tres meses de antelación. Para ello se
reunirán los responsables de los calendarios de guardias de especialidades del
hospital y los de medicina de Familia.
Se permite y se delega en los propios médicos en formación, si está de
acuerdo el tutor y el jefe del servicio o unidad, la realización de los calendarios
de guardias a los responsables nombrados por ellos mismos a tal efecto.
En caso de cualquier incumplimiento de la normativa por parte de los
residentes, o desacuerdo entre ellos, la Secretaría de Docencia podrá hacerse
cargo de poner las guardias de forma proporcionada durante ese mes o meses,
31
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y según la normativa, a través de un programa informático y sistema rotatorio
que no atenderá a ninguna petición o preferencia por parte de los residentes o
solicitud de días de libre disposición, cursos, etc.
3.3.- Organización de las guardias con las vacaciones, días de libre
disposición y permisos especiales.
Según la normativa vigente, el disfrute de las vacaciones anuales
reglamentarias, que se deben disfrutar dentro del año natural, tendrá una
duración de un mes. En principio, el disfrute de las vacaciones será de manera
ininterrumpida (en meses naturales completos o en su defecto desde el día 16
al día 15 del mes siguiente). Si el tiempo de servicio es inferior a doce meses
(por ejemplo en el primer o en el último año del periodo de formación), se
otorgarán 2 días y medio por mes trabajado. Cuando las vacaciones se
fraccionen en dos periodos, máximo permitido, se reconocerá que la suma de
los mismos será de 26 días laborables, considerándose entre ellos los sábados
que corresponda descansar.
Entre los médicos en formación se distribuirán los periodos vacacionales
en partes proporcionales con el fin de mantener la capacidad funcional de los
servicios a los que pertenecen o de los que dependan en sus rotaciones o
programa de guardias. En caso de que no exista una adecuada proporción, se
deberán ajustar o sortear los periodos vacacionales para no distorsionar la
programación funcional del centro (4). (Ver documentos en anexos IV y V)
Antes de validar las solicitudes de días de libre disposición, vacaciones,
asistencias a congresos, permisos especiales, etc., se comprobará por la
Secretaría de Docencia que no existen durante ese periodo guardias asignadas
al médico en formación, lo que, de no corregirse imposibilitará la concesión de
dichos permisos. (4). (Ver documentos en anexos IV y V)
3.4.- ¿Cuándo se organiza el calendario de guardias?
El calendario de guardias específico de cada especialidad y de las áreas
del SUH deberá estar elaborado y entregado como “oficial” antes del día 10 de
cada mes anterior al que se refieran las guardias (meses de febrero, marzo,
abril, mayo, junio y octubre). Los meses de julio, agosto y septiembre por un
lado, así como noviembre, diciembre y enero (que coinciden con la mayoría de
solicitudes de periodos reglamentarios de vacaciones y de días de libre
disposición) deberán entregarse conjuntamente antes del 10 de junio y del 10
de octubre respectivamente. En el caso del área de Medicina Interna del SUH
se procurará entregar los calendarios de guardias conjuntamente de tres
meses consecutivos con el fin de hacerlo simultáneamente y en coordinación
con las guardias de Medicina de Familia. Hasta que los calendarios no estén
entregados y se comprueben, no se concederá ningún permiso de ningún tipo.
El calendario o plan de guardias de los médicos en formación debe ser
entregado en la fecha referida para TODAS las especialidades que hacen
guardias. Desde el momento que se apruebe esta normativa todo médico en
formación que esté oficialmente de guardia debe aparecer en el “Listado oficial
de guardias” elaborado cada día por la dirección del CHT, si no es así (salvo
casos extraordinarios por cambios de última hora o el mismo día de la guardia
y que estén debidamente acreditados), aunque éste firme en el listado de
guardias de Docencia, NO tendrá derecho al cobro de la misma y no se
computará como guardia realizada a todos los efectos.
Para que un calendario de guardias sea “oficial” debe contar con la
aprobación por escrito (o firma) del tutor o del coordinador o jefe de servicio
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(según se establezca en cada uno de ellos) y el haber sido comprobado por la
Secretaría de Docencia que no se vulnera o incumple ningún punto de la
normativa. A partir de ese momento cualquier cambio en las guardias deberá
realizarse según el apartado “cambio de guardias”.
Con objeto de que todos los días haya un listado de guardias oficial y
actualizado de los médicos en formación, se bajará al SUH grapado con la hoja
de firma de guardias de los médicos en formación, el listado definitivo que se
entrega todos los días a la Dirección del CHT y a la cafetería. De esta forma se
podrá comprobar qué residentes tienen que estar de guardia, sin ninguna duda
de posibles cambios, por parte del SUH, Jefe de Guardia, cafetería, etc. MUY
IMPORTANTE: quien no esté en el listado oficial no podrá usar los servicios de
la cafetería ni cobrará la guardia.
3.5.- Número de guardias:
Según lo acordado por la Comisión de Docencia y ajustándose a la
normativa vigente se recomienda que el número de guardias del residente por
mes se establezca entre un mínimo de 4 y un máximo de 6 (5). La realización
de una séptima guardia requerirá que ésta sea solicitada voluntariamente por el
médico en formación de acuerdo con su tutor y sea concedida por el jefe de
estudios y la Dirección del CHT (Según el estatuto marco el personal sanitario
en formación tiene una limitación general de 48 horas semanales de trabajo
efectivo en cómputo semestral, por lo que la realización de 7 guardias
mensuales sólo puede realizarse y ser autorizada de forma esporádica o
durante el reajuste en periodos vacacionales como se comentará
posteriormente).
Del mismo modo se velará por parte de la Dirección del CHT y la
Comisión de Docencia para que los médicos en formación realicen el mínimo
número de guardias recomendado por sus planes de formación y normativa
vigente.
Cabe señalar que se tendrán en cuenta las variaciones necesarias en
periodos vacacionales para que a lo largo de los meses de disfrute de
vacaciones reglamentarias los médicos en formación realicen globalmente el
mismo número de guardias redistribuidas entre estos meses (5). En
circunstancias normales, en ningún caso, se podrán realizar más de 7 guardias
al mes (6).
Todo lo expresado en los párrafos anteriores deberá cumplirse salvo
exenciones por razones médicas, legales o reglamentarias debidamente
acreditadas o indicaciones de las comisiones de seguimiento o planes
especiales individuales de algún médico en formación.
El número exacto de guardias al mes en cada unidad docente o servicio
y en el SUH deberá ser fijado (teniendo en cuenta lo anterior) por el
responsable de la unidad, servicio o SUH respetando la distribución y
recomendaciones que fijan los planes de las especialidades de los propios
residentes y las adecuaciones al CHT que dicten los tutores o unidades
docentes. En el caso del área de medicina interna del SUH, el número de
guardias en función de la especialidad y año de residencia se especifica en el
ANEXO II que se adaptará a los planes de formación de cada especialidad y
podrá irse actualizando una vez aprobado por la Comisión de Docencia los
cambios en esta distribución que sean propuestos.
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Todas las guardias “voluntarias, extras o provisionales en situaciones
especiales” deberán ser comunicadas y aceptadas por la Secretaría de
Docencia de acuerdo con la Jefatura de Estudios y la Dirección del CHT.
3.6.- Libranza postguardia
En ningún caso se permitirá un calendario de guardias donde se
contemple que el mismo médico en formación hace dos guardias en días
consecutivos.
De acuerdo con la legislación vigente, el médico en formación tiene
derecho después de 24 horas de trabajo ininterrumpido a un descanso de 12
horas. “Si en algún supuesto excepcional no pudiera aplicarse este descanso,
se aplicará el régimen de descansos alternativos previstos en el Estatuto Marco
para el personal estatutario” (7). Otras excepciones a este descanso podrían
contemplarse “en casos de especial interés formativo según criterio de su tutor
o en casos de problemas organizativos insuperables”. En estos supuestos se
aplicará el régimen de descansos alternativos previstos en la Ley 55/2003, de
16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de
salud”. (8)
3.7.- Cambios de guardias
Una vez publicado el calendario de guardias oficial, no se admitirán
cambios previstos o programados por los médicos en formación de las mismas,
salvo que se realicen por el médico en formación que precise el cambio de
guardia, condición indispensable, y siempre que:
- Esté de acuerdo con otro médico en formación de su mismo año o
incluido en su misma categoría y que realice el mismo tipo de guardias.
- Cuente con el consentimiento escrito de los dos afectados y del tutor o
jefe de la especialidad a la que se encuadre la guardia (ver modelo en
anexo I: formulario de cambio de guardia).
- Se haga con 72 horas de antelación antes del día del cambio, para que
pueda recogerse éste sin problemas en el listado diario que se enviará a
Dirección, cafetería y SUH junto con la lista de firmas.
No se tramitarán cambios de guardia solicitados telefónicamente si no se
acompañan de las correspondientes solicitudes por escrito (anexo I) a la
Secretaría de Docencia. (Docencia Mir.
[email protected]
Complejo Hospitalario Toledo. Secretaria Ext.49152).
La guardia será cambiada cuando así se notifique por la Secretaría de
Docencia y se corrija en el listado oficial diario de guardias del CHT.
3.8.- Bajas médicas y situaciones especiales
En caso de imposibilidad o necesidad superior de no realizar una
guardia determinada, el médico en formación será el responsable de conseguir
el cambio, asumiendo que si no lo consigue, tendrá que hacer dicha guardia. Y
deberá intentar cambiarla por todos sus medios (podrá solicitar ayuda del
encargado de poner las guardias y de la Secretaría de Docencia) con otro
médico en formación de su mismo año o capacitación. Además, dicha guardia
se recuperará con el cambio por otro día del mismo mes (si esto no pudiera
realizarse por imposibilidad de fechas, se ajustaría y se recuperaría al mes
siguiente de forma que al final se realice el mismo número de guardias que el
resto de médicos en formación o las que tiene contempladas por su programa).
La solución para cubrir esta incidencia será responsabilidad del propio médico
en formación.
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En todo caso, las guardias no realizadas sin baja médica o justificación
mayor escrita o comprobable, deberán ser recuperadas cuando el médico esté
en condiciones y se someterán al régimen disciplinario si estuviese indicado
(ver más adelante). Todas las ausencias por motivo de salud deberán ser
comunicadas y se tendrá que entregar siempre el documento de baja médica a
la Secretaría de Docencia Médica.
Si la baja médica se produce antes del día de la guardia el médico en
formación deberá comunicar a la Secretaría de Docencia su situación y debe
intentar que un compañero le cambie la guardia. Si no lo consigue, deberá
solicitar la ayuda del responsable de organizar el calendario de guardias y de la
Secretaría de Docencia para que entre todos, intentar el cambio (en esta
situación se facilitará que un médico en formación pueda hacer la séptima
guardia de forma voluntaria). En este caso, si todos los médicos en formación
ya tienen programados el máximo de guardias (ver anexo II: distribución del
número de guardias según especialidad y año de residencia en las
especialidades médicas) y razonablemente se ha intentado por todos los
medios conseguir un cambio y no se logra, se comunicará al tutor del servicio
implicado o a los facultativos de guardia o Jefe de servicio o Jefe de guardia,
que ese puesto de guardia no será cubierto. Pero si algún médico en formación
de su misma categoría no hace el mismo número de guardias o máximo
número asignado para él ese mes (ver anexo II), deberá realizar esa guardia de
forma que el médico responsable de organizar las guardias y/o Secretaría de
Docencia asignarán ésta al médico en formación que le corresponda asumirla
intentando interferir lo menos posible con su calendario de guardias, y éste
será responsable de asumirla.
Si la baja médica se produce el mismo día de la guardia o en el
transcurso de la misma. Deberá entregarse cuando se pueda por parte del
médico en formación el parte de baja. En función del momento de la baja, si se
considera necesario por parte del jefe de la guardia o facultativos responsables
del área o especialidad, se intentará ver la disponibilidad para que un médico
en formación realice esa guardia (cambiándola posteriormente con el médico
que ha causado baja, o de forma que se convirtiera en su séptima guardia de
forma voluntaria). En todo caso se deberá tener en cuenta lo comentado en el
párrafo anterior cuando todos los residentes tengan asignadas ya el máximo
número de guardias contempladas.
Se realizará una planilla de todos los médicos en formación con nombre,
apellidos y números de teléfono de contacto, que deberá estar disponible para
el residente encargado de organizar las guardias, el tutor de residentes, el
coordinador de urgencias y los jefes de guardias, para poder agilizar cualquier
tipo de incidencia con respecto a las guardias.
3.9.- Responsabilidades e incidencias:
RESPONSABILIDAD
- La responsabilidad del médico en formación se entiende como
“compartida con su facultativo supervisor”, de modo que el médico en
formación de primer año, que debe ser supervisado de forma constante y de
presencia física, tendrá responsabilidad compartida de sus actos. La
responsabilidad de las actuaciones del resto de médicos en formación irá
aumentando en función de su capacitación progresiva, el año de formación y la
evaluación positiva por parte de los tutores.
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La responsabilidad legal del acto médico en Urgencias recae en el
médico responsable del enfermo, aunque "se valorará" y tendrá en cuenta el
grado de responsabilidad según el año de residencia (en el momento que se
cree la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias, será igual que
en el resto de especialidades).
La responsabilidad del residente irá aumentando progresivamente así
como su “autonomía” al ir disminuyendo el grado de supervisión.
RECLAMACIONES O QUEJAS
En caso de recibir alguna “queja o reclamación” derivada de su actividad
asistencial y/o docente durante el tiempo de atención continuada, el médico en
formación deberá siempre comunicárselo al facultativo supervisor responsable,
a su tutor y al jefe de servicio.
La “reclamación o queja” puede llegar desde el servicio de atención al
paciente, la dirección del centro, los servicios jurídicos o desde otros
organismos competentes externos del CHT. En todos estos casos, si se trata
de los actos derivados de la asistencia a los pacientes, deberá ponerlo en
conocimiento del facultativo supervisor o responsable, del tutor y del
coordinador o jefe de servicio. Una vez estudiada la queja o reclamación, ésta
será contestada según el modelo habitual del CHT (según lo dispuesto por el
servicio de atención al paciente). En los casos que se considere oportuno o
proceda (reclamaciones penales o judiciales) además, se deberá comunicar lo
antes posible a los servicios jurídicos del CHT y a la Dirección del CHT y la
Comisión de Docencia. Una vez valorado cada caso se le indicará y asesorará
al médico en formación efectuándose un seguimiento por quienes considere
indicado la Dirección del centro y los servicios jurídicos.
INCIDENCIAS
Siempre hay que acudir a la guardia con la máxima puntualidad, siendo
deseable presentarse 5-10 minutos antes del inicio. En cualquier caso, el
incumplimiento de la hora de inicio de la guardia o la reiteración evidente de
esta situación, deberá ser comunicado por el tutor o responsable por escrito a
la Comisión de Docencia donde se abrirá un expediente y será propuesto a la
comisión como falta (9).
En el caso de que un médico en formación no se presentara a la guardia
por olvido, omisión del deber u otros motivos no comentados anteriormente en
las bajas médicas, se pondrá inmediatamente en conocimiento y por escrito al
Jefe de Guardia y se informará por escrito a la Comisión de Docencia para
tomar las medidas oportunas, abrir expediente y ser considerado como falta
(9).
Además las faltas disciplinarias en las que pudieran incurrir los médicos
en formación podrán ser la causa de la apertura de expediente y serán
tipificadas como leves, graves o muy graves según lo especificado en el
artículo 13, punto 2 del RD 1146/2006 de 6 de octubre (9) y el artículo 72.2, 3,
4 y 5 de la ley 55/2003 de 16 de diciembre del estatuto marco del personal
estatutario de los servicios de salud (10).
Se creará un registro de incidencias de guardias para los propios
médicos en formación, facultativos, tutores, coordinadores o jefes de servicio
donde se incluirán todos los calendarios de guardias de todas las
especialidades así como las quejas, notas internas, notificación de cambios de
guardias, etc. A través de éste se vehiculizarán los asuntos, quejas o
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problemas o cuestiones que se tengan que trasladar para ser comunicados o
debatidos en las reuniones de las Comisiones de Docencia.
3.10.- Función y supervisión de los médicos en formación en la
realización de las guardias:
En función y de acuerdo con la normativa vigente citada (11), la
Comisión de Docencia ha elaborado el siguiente protocolo para la supervisión
de los médicos especialistas en formación durante las guardias (especialmente
para el Servicio de Urgencias pero aplicable al resto de especialidades). Ver
ANEXO III: “Protocolo de actuación, funciones y supervisión de los médicos
especialistas en formación en el Servicio de Urgencias del CHT”.
La supervisión de los residentes será ejecutada de la misma forma
independientemente del momento (día o noche). La organización de los
distintos periodos en la guardia (comidas o cenas y noche o descansos) serán
regulados por parte de los facultativos de Urgencias.
El Coordinador de Urgencias, el tutor de residentes y, en su ausencia,
los facultativos de guardia, son los responsables del mejor desarrollo
asistencial de los médicos en formación en el SUH, siendo sus decisiones las
que prevalecerán y deberán ser cumplidas por los médicos en formación.
Cualquier incidencia al respecto o desacuerdo deberá trasladarse por escrito al
tutor y Jefe de Servicio y si se considera oportuno a la Comisión de Docencia.
3.11.- Remuneración económica de las guardias.
Los aspectos retributivos del médico en formación y los complementos de
atención continuada se detallan en D.O.C.M Número 100 de 14 de mayo de 2007:
Resolución de 26-04-2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se ordena la
publicación del Acuerdo suscrito entre el Servicio de Salud de Castilla La Mancha y las
Organizaciones Sindicales sobre condiciones laborales y económicas del personal
sanitario en formación por el sistema de residencia (7). En todo caso estará sujeto a
las modificaciones y acuerdos por parte de la Comunidad de Castilla La
Mancha.
REFERENCIAS y comentarios:
(1) Artículo 20 (apartado c) de la Ley 44/2003 de 21 de noviembre (de ordenación
de las profesiones sanitarias): “La actividad profesional de los residentes será
planificada por los órganos de Dirección conjuntamente con las Comisiones de
Docencia de los centros de forma tal que se incardine totalmente en el funcionamiento
ordinario, continuado y de Urgencias del centro sanitario”.
(2) Artículo 8 del RD 183/2008 de 8 de febrero “Corresponde a las comisiones de
Docencia facilitar la integración de las actividades formativas y de los residentes con la
actividad asistencial y ordinaria del centro, planificando su actividad profesional en el
centro conjuntamente con los órganos de dirección de este”. “Los órganos de dirección
de los distintos centros…y las comisiones de docencia estarán obligados a informarse
mutuamente sobre las actividades laborales y formativas de los residentes, a fin de
decidir conjuntamente su adecuada integración en la actividad asistencial del centro
dispositivo que se trate”.
(3) Real Decreto 1146/2006 del 6 de octubre, en el que se regula la relación laboral
especial de residencia para la formación de Especialistas en Ciencias de la Salud
- En su artículo 5, punto 2. “Dentro de las posibilidades organizativas y funcionales de
cada centro, se procurará disponer la jornada de los residentes de forma que la
ordenación del tiempo de trabajo no perjudique su formación”
(4) Real Decreto 1146/2006 del 6 de octubre, en el que se regula la relación laboral
especial de residencia para la formación de Especialistas en Ciencias de la Salud
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- En su artículo 6, punto 1: “El disfrute de las vacaciones anuales retribuidas y fiestas
de los residentes se fijarán atendiendo al cumplimiento de los programas de Docencia
y a las necesidades asistenciales, de acuerdo con la programación funcional del
centro”
(5) D.O.C.M Número 100 de 14 de mayo de 2007: Resolución de 26-04-2007, de la
Secretaría General Técnica, por la que se ordena la publicación del Acuerdo suscrito
entre el Servicio de Salud de Castilla La Mancha y las Organizaciones Sindicales
sobre condiciones laborales y económicas del personal sanitario en formación por el
sistema de residencia.
- “Con carácter general el número máximo de guardias deberá ajustarse a seis por
mes de acuerdo con el correspondiente programa formativo. Se tendrán en cuenta, no
obstante las variaciones necesarias en los periodos vacacionales”.
(6) Real Decreto 1146/2006 del 6 de octubre, en el que se regula la relación laboral
especial de residencia para la formación de Especialistas en Ciencias de la Salud
- “En su artículo 5, punto 1.c) “El residente estará obligado exclusivamente a realizar
las horas de jornada complementaria que el programa formativo establezca para el
curso correspondiente. En todo caso, no podrá realizar más de siete guardias al mes”.
(7) D.O.C.M Número 100 de 14 de mayo de 2007: Resolución de 26-04-2007, de la
Secretaría General Técnica, por la que se ordena la publicación del Acuerdo suscrito
entre el Servicio de Salud de Castilla La Mancha y las Organizaciones Sindicales
sobre condiciones laborales y económicas del personal sanitario en formación por el
sistema de residencia.
- Se garantiza al residente los descansos reglamentarios y en todo caso el derecho
tras la realización de una guardia de presencia física a un descanso continuado de 12
horas. Si en algún supuesto excepcional no pudiera aplicarse este descanso, se
aplicará el régimen de descansos alternativos previstos en el Estatuto Marco para el
personal estatutario.
(8) Real Decreto 1146/2006 del 6 de octubre, en el que se regula la relación laboral
especial de residencia para la formación de Especialistas en Ciencias de la Salud.
- En su artículo 5, punto 1.b) “Entre el final de una jornada y el comienzo de la
siguiente deberá mediar, como mínimo, un periodo de descanso continuo de 12 horas.
En todo caso, después de 24 horas de trabajo ininterrumpido, bien sea de jornada
ordinaria que se hubiera establecido excepcionalmente, bien sea de jornada
complementaria, bien sea de tiempos conjuntos de ambas, el residente tendrá un
descanso continuo de 12 horas, salvo en casos de especial interés formativo según
criterio de su tutor o en casos de problemas organizativos insuperables. En estos
supuestos se aplicará el régimen de descansos alternativos previstos en la Ley
55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los
servicios de salud.
(9) Real Decreto 1146/2006 del 6 de octubre, en el que se regula la relación laboral
especial de residencia para la formación de Especialistas en Ciencias de la Salud.
- Artículo 12. “El personal en formación por el sistema de residencia incurrirá en
responsabilidad disciplinaria por las faltas que cometa”
- Artículo 13. punto 1: las faltas disciplinarias pueden ser leves, graves o muy
graves.
- Artículo 13. punto 2: “la tipificación de las faltas será la establecida para el
personal estatutario sanitario de los servicios de salud en el artículo 72.2, 3, 4 y 5 de la
ley 55/2003 de 16 de diciembre del estatuto marco del personal estatutario de los
servicios de salud.
- Artículo 14. Las sanciones correspondientes a las faltas disciplinarias
cometidas serán las siguientes: Por faltas leves: apercibimiento; por faltas graves:
suspensión de empleo y sueldo hasta un máximo de dos meses; por faltas muy
graves: despido.
- Artículo 15. Procedimiento disciplinario.
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(“Cuando se trate de faltas graves o muy graves el responsable de la gestión
de personal del centro dará también traslado, del escrito enviado al residente, a la
comisión de docencia, para que en el plazo de diez días, manifieste su criterio”)
- Artículo 16. Prescripción de faltas.
(10) Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario
de los servicios de salud:
Artículo 72. Clases y prescripción de las faltas.
1. Las faltas disciplinarias pueden ser muy graves, graves o leves.
2. Son faltas muy graves:
a. El incumplimiento del deber de respeto a la Constitución o al respectivo Estatuto de
Autonomía en el ejercicio de sus funciones.
b. Toda actuación que suponga discriminación por razones ideológicas, morales, políticas,
sindicales, de raza, lengua, género, religión o circunstancias económicas, personales o
sociales, tanto del personal como de los usuarios, o por la condición en virtud de la cual éstos
accedan a los servicios de las instituciones o centros sanitarios.
c. El quebranto de la debida reserva respecto a datos relativos al centro o institución o a la
intimidad personal de los usuarios y a la información relacionada con su proceso y estancia en
las instituciones o centros sanitarios.
d. El abandono del servicio.
e. La falta de asistencia durante más de cinco días continuados o la acumulación de siete faltas
en dos meses sin autorización ni causa justificada.
f. El notorio incumplimiento de sus funciones o de las normas reguladoras del funcionamiento
de los servicios.
g. La desobediencia notoria y manifiesta a las órdenes o instrucciones de un superior directo,
mediato o inmediato, emitidas por éste en el ejercicio de sus funciones, salvo que constituyan
una infracción manifiesta y clara y terminante de un precepto de una ley o de otra disposición
de carácter general.
h. La notoria falta de rendimiento que comporte inhibición en el cumplimiento de sus funciones.
i. La negativa a participar activamente en las medidas especiales adoptadas por las
Administraciones públicas o servicios de salud cuando así lo exijan razones sanitarias de
urgencia o necesidad.
j. El incumplimiento de la obligación de atender los servicios esenciales establecidos en caso
de huelga.
k. La realización de actuaciones manifiestamente ilegales en el desempeño de sus funciones,
cuando causen perjuicio grave a la Administración, a las instituciones y centros sanitarios o a
los ciudadanos.
l. El incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades, cuando suponga el mantenimiento
de una situación de incompatibilidad.
m. La prevalencia de la condición de personal estatutario para obtener un beneficio indebido
para sí o para terceros, y especialmente la exigencia o aceptación de compensación por
quienes provean de servicios o materiales a los centros o instituciones.
n. Los actos dirigidos a impedir o coartar el libre ejercicio de los derechos fundamentales, las
libertades públicas y los derechos sindicales.
ñ. La realización de actos encaminados a coartar el libre ejercicio del derecho de huelga o a
impedir el adecuado funcionamiento de los servicios esenciales durante la misma.
o. La grave agresión a cualquier persona con la que se relacionen en el ejercicio de sus
funciones.
p. El acoso sexual, cuando suponga agresión o chantaje.
q. La exigencia de cualquier tipo de compensación por los servicios prestados a los usuarios de
los servicios de salud.
r. La utilización de los locales, instalaciones o equipamiento de las instituciones, centros o
servicios de salud para la realización de actividades o funciones ajenas a dichos servicios.
s. La inducción directa, a otro u otros, a la comisión de una falta muy grave, así como la
cooperación con un acto sin el cual una falta muy grave no se habría cometido.
t. El exceso arbitrario en el uso de autoridad que cause perjuicio grave al personal subordinado
o al servicio.
u. La negativa expresa a hacer uso de los medios de protección disponibles y seguir las
recomendaciones establecidas para la prevención de riesgos laborales, así como la negligencia
en el cumplimiento de las disposiciones sobre seguridad y salud en el trabajo por parte de
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quien tuviera la responsabilidad de hacerlas cumplir o de establecer los medios adecuados de
protección.
3. Tendrán consideración de faltas graves:
a. La falta de obediencia debida a los superiores.
b. El abuso de autoridad en el ejercicio de sus funciones.
c. El incumplimiento de sus funciones o de las normas reguladoras del funcionamiento de los
servicios cuando no constituya falta muy grave.
d. La grave desconsideración con los superiores, compañeros, subordinados o usuarios.
e. El acoso sexual, cuando el sujeto activo del acoso cree con su conducta un entorno laboral
intimidatorio, hostil o humillante para la persona que es objeto del mismo.
f. Los daños o el deterioro en las instalaciones, equipamiento, instrumental o documentación,
cuando se produzcan por negligencia inexcusable.
g. La falta de rendimiento que afecte al normal funcionamiento de los servicios y no constituya
falta muy grave.
h. El incumplimiento de los plazos u otras disposiciones de procedimiento en materia de
incompatibilidades, cuando no suponga el mantenimiento de una situación de incompatibilidad.
i. El incumplimiento injustificado de la jornada de trabajo que, acumulado, suponga más de 20
horas al mes.
j. Las acciones u omisiones dirigidas a evadir los sistemas de control de horarios o a impedir
que sean detectados los incumplimientos injustificados de la jornada de trabajo.
k. La falta injustificada de asistencia durante más de tres días continuados, o la acumulación de
cinco faltas en dos meses, computados desde la primera falta, cuando no constituyan falta muy
grave.
l. La aceptación de cualquier tipo de contraprestación por los servicios prestados a los usuarios
de los servicios de salud.
m. La negligencia en la utilización de los medios disponibles y en el seguimiento de las normas
para la prevención de riesgos laborales, cuando haya información y formación adecuadas y los
medios técnicos indicados, así como el descuido en el cumplimiento de las disposiciones sobre
seguridad y salud en el trabajo por parte de quien no tuviera la responsabilidad de hacerlas
cumplir o de establecer los medios adecuados de protección.
n. El encubrimiento, consentimiento o cooperación con cualquier acto a la comisión de faltas
muy graves, así como la inducción directa, a otro u otros, a la comisión de una falta grave y la
cooperación con un acto sin el cual una falta grave no se habría cometido.
4. Tendrán consideración de faltas leves:
a. El incumplimiento injustificado del horario o jornada de trabajo, cuando no constituya falta
grave.
b. La falta de asistencia injustificada cuando no constituya falta grave o muy grave.
c. La incorrección con los superiores, compañeros, subordinados o usuarios.
d. El descuido o negligencia en el cumplimiento de sus funciones cuando no afecte a los
servicios de salud, Administración o usuarios.
e. El descuido en el cumplimiento de las disposiciones expresas sobre seguridad y salud.
f. El incumplimiento de sus deberes u obligaciones, cuando no constituya falta grave o muy
grave.
g. El encubrimiento, consentimiento o cooperación con cualquier acto a la comisión de faltas
graves.
5. Las comunidades autónomas podrán, por norma con rango de Ley, establecer otras
faltas además de las tipificadas en los apartados anteriores.
6. Las faltas muy graves prescribirán a los cuatro años, las graves a los dos años y las leves a
los seis meses. El plazo de prescripción comenzará a contarse desde que la falta se hubiera
cometido y se interrumpirá desde la notificación del acuerdo de iniciación del procedimiento
disciplinario, volviendo a correr de nuevo si éste estuviera paralizado más de tres meses por
causa no imputable al interesado.
(11) El RD 183/2008 de 8 febrero contempla en su artículo 15 (punto primero),
que el sistema de residencia al que se refiere el artículo 20 de la Ley 44/2003, de
21 de noviembre (de ordenación de las profesiones sanitarias) implica la
“asunción progresiva de responsabilidades” por parte del residente, así como un nivel
decreciente de supervisión a medida que se avanza en la adquisición de las
competencias previstas en el programa formativo, hasta alcanzar el grado de
responsabilidad inherente al ejercicio autónomo de la profesión sanitaria de
especialista”. De forma más concreta se detalla en el citado artículo:
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En el punto tercero del Artículo 15: “La supervisión de residentes de primer año
será de presencia física y se llevará a cabo por los profesionales que presten servicios
en los distintos dispositivos del centro o unidad por los que el personal en formación
esté rotando o prestando servicios de atención continuada. Los mencionados
especialistas visarán por escrito altas, bajas y demás documentos relativos a las
actividades asistenciales en las que intervengan residentes de primer año”
En el punto cuarto del Artículo 15: “La supervisión decreciente de los residentes
a partir del segundo año de formación tendrá carácter progresivo. A estos efectos, el
tutor del residente podrá impartir, tanto a éste como a los especialistas que presten
servicio en los distintos dispositivos del centro o unidad, instrucciones específicas
sobre el grado de responsabilidad de los residentes a su cargo, según las
características de especialidad y el proceso individual de adquisición de
competencias”. “En todo caso, el residente, que tiene derecho a conocer a los
profesionales presentes en la unidad en la que presten servicios, podrá recurrir y
consultar a los mismos cuando lo considere necesario”.
En el punto cuarto del Artículo 15: “Las Comisiones de Docencia elaborarán
protocolos escritos de actuación para graduar la supervisión de las actividades que
lleven a cabo los residentes en áreas asistenciales significativas, con referencia
especial al Área de Urgencias o cualesquiera otras que se consideren de interés”.
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ANEXO I: FORMULARIO DE CAMBIO DE GUARDIA
Yo D/ Dª _______________________________________________________,
residente de ____ año de la especialidad de ___________________________
CAMBIO LA GUARDIA del día (día/mes/año) (____/_______/________) en el
Servicio de _________________________ por la del día (día/mes/año)
(____/_______/________) del Servicio de _________________________, con
D/ Dª __________________________________________________________,
residente de _____ año de la especialidad de __________________________
Quedando de la siguiente forma:
Día
Área o Servicio a la que
corresponde la guardia
D/Dª
Toledo, a _____de______________________de_________
Fdo. D/Dª____________________________________
Fdo. D/Dª____________________________________
Fdo: Tutor o jefe de servicio ____________________________________
Fdo. Secretaría de Docencia____________________________________
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Anexo II: DISTRIBUCIÓN DEL NÚMERO DE GUARDIAS SEGÚN
ESPECIALIDAD Y AÑO DE RESIDENCIA DE LOS MÉDICOS EN
FORMACIÓN DE ESPECIALIDADES MÉDICAS
Los DE PRIMER AÑO realizarán todas sus guardias en la Urgencia hospitalaria,
en número de 4-6 por mes:
ESPECIALIDAD
Nº Médicos
Nº GUARDIAS / MES / MÉDICO
Alergología
2
6
Anestesia
y
3
2
Reanimación*
Aparato Digestivo
2
6
Cardiología**
3
4
Dermatología
2
6
Endocrinología
1
6
Geriatría
5
6
Hematología
1
6
M. Física y Rehabilitación
1
6
Medicina intensiva
2
6
Medicina interna
3
6
Medicina preventiva***
1
2
Medicina del trabajo****
variable
2-6
Nefrología
2
6
Neurofisiología
1
6
Neurología
2
6
Oncología
2
6
Los residentes de MFYC tienen una tabla de distribución adjunta al final de este
anexo.
*Anestesia: realizan guardias desde su incorporación hasta el mes de diciembre
**Los residentes de Cardiología realizarán 1 guardia en Cardiología, 1 guardia en
Medicina Interna y 4 guardias en Urgencias de Medicina Interna
*** Los resientes de medicina preventiva realizarán 2 guardias/mes durante sus tres
primeros meses (salvo que el residente, de acuerdo con su tutor, el Jefe de Estudios y
la Dirección del centro, solicite hacer más guardias en urgencias)
****Los residentes de Medicina del trabajo tendrán de forma individual un plan de
guardias en función de las características del Centro o Mutua al que estén adscritos.
MÉDICOS EN FORMACIÓN DE SEGUNDO AÑO:
Guardias en
PLANTA Y/O ESPECIALIDAD
Alergología
3
3
Aparato Digestivo
2
4
Cardiología
1
5
Geriatría
3
3
Hematología*
2
4
Medicina Intensiva
2
4
Medicina Interna
3
3
Nefrología
2
4
Oncología
3
3
* A propuesta del tutor de hematología, dado que serían voluntarias necesitan la
conformidad del médico en formación.
ESPECIALIDAD
Guardias en URGENCIAS
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Los residentes de MFYC tienen una tabla de distribución adjunta al final de este
anexo.
Las especialidades que no aparecen en esta tabla y si lo hacían en la anterior, dejan
de tener guardias programadas en urgencias.
MÉDICOS EN FORMACIÓN DE TERCER AÑO:
ESPECIALIDAD
Guardias en
PLANTA Y/O ESPECIALIDAD
2
4
4
4
tabla de distribución adjunta al final de este
Guardias en URGENCIAS
Alergología *
2
Geriatría
2
Medicina Interna
2
Oncología
2
Los residentes de MFYC tienen una
anexo.
Las especialidades que no aparecen en esta tabla y si lo hacían en la anterior, dejan
de tener guardias programadas en urgencias.
* Tendrán además 4 jornadas de tarde en el Servicio de Alergología que equivalen a 2
guardias.
MÉDICOS EN FORMACIÓN DE CUARTO AÑO:
Guardias en
PLANTA Y/O ESPECIALIDAD
Alergología*
1
3
Geriatría
1
5
Medicina Interna
1
5
Oncología
1
5
Los residentes de MFYC tienen una tabla de distribución adjunta al final de este
anexo.
Las especialidades que no aparecen en esta tabla y si lo hacían en la anterior, dejan
de tener guardias programadas en urgencias.
* Tendrán además 4 jornadas de tarde en el Servicio de Alergología que equivalen a 2
guardias.
ESPECIALIDAD
Guardias en URGENCIAS
MÉDICOS EN FORMACIÓN DE QUINTO AÑO:
Guardias en
PLANTA Y/O ESPECIALIDAD
ESPECIALIDAD
URGENCIAS
PLANTA
Medicina Interna
1
5
Las especialidades que no aparecen en esta tabla y si lo hacían en la anterior, dejan
de tener guardias programadas en urgencias.
ESPECIALIDAD
Guardias en URGENCIAS
NOTAS:
1.- Los residentes que estén rotando por U.V.I, Nefrología, Anestesia y Cirugía
General realizarán 1 guardia de Urgencias y 5 de dicha especialidad.
2.- Existe la posibilidad de forma voluntaria e individual y siempre con la
conformidad de su tutor, Jefe de Estudios y Dirección del CHT, de realizar por parte
de los médicos en formación una séptima guardia voluntaria en el SUH.
3.- Esta distribución podrá ajustarse y actualizarse en función de los cambios
individuales que puedan tener el programa de un médico en formación o por la
publicación de los nuevos planes de estudios.
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DISTRIBUCIÓN MENSUAL DE LAS GUARDIAS
DE LOS MÉDICOS EN FORMACIÓN DE MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA
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7.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN, FUNCIONES Y
SUPERVISIÓN
DE
LOS
MÉDICOS
ESPECIALISTAS
EN
FORMACIÓN
EN
EL
SERVICIO DE URGENCIAS DEL CHT
Introducción
La diversidad y el volumen de pacientes y situaciones que se viven en el
Servicio de Urgencias del Hospital (SUH), convierten a éste en uno de los
pilares de docencia y aprendizaje del médico en formación. Sin embargo, es un
error pretender transformar las guardias de Urgencias en el lugar de
aprendizaje y discusión de los conocimientos teóricos y las pautas en que se
basa la elaboración de los diagnósticos nosológicos o etiológicos y, aún más,
de los aspectos fisiopatológicos que puedan estar relacionados con cada caso.
El tipo de trabajo que impone el cometido asistencial del área de Urgencias
impide abordar, en ocasiones, correctamente estas cuestiones. La labor clínica
diaria, las sesiones, seminarios, las guardias de especialidad y el estudio
individual deben cubrir estas otras facetas de la formación. Durante las
guardias o en su rotación por Urgencias, el médico en formación, deberá
implicarse progresivamente en las actuaciones y toma de decisiones. Los
facultativos de Urgencias y los responsables del Servicio, lo son también de la
tutela y supervisión del médico en formación y todas sus altas.
Objetivos
Los objetivos docentes de la actividad de los médicos en formación en el SUH
incluirán:
- Adquirir agilidad y soltura en el manejo de los enfermos con patología
aguda urgente.
- Conseguir la destreza y fluidez en la elaboración de la historia clínica y
su anamnesis, exploración física, juicios clínicos sindrómicos y
diagnósticos diferenciales.
- Conocer y capacitarse para solicitar las exploraciones complementarias
e interconsultas a los especialistas que se precisen. Así y de forma
progresiva a lo largo de los años, poder alcanzar la necesaria seguridad
en sus actuaciones e incrementar su nivel de responsabilidad en las
decisiones diagnósticas, terapéuticas y de destino de los pacientes.
Durante la formación en las guardias de urgencias deberán adquirir una
serie de conocimientos y habilidades básicas que le permitan prestar
correctamente asistencia a los pacientes, realizar funciones de
prevención y promoción de la salud, así como asegurarse una formación
continuada.
Papel del facultativo de Urgencias
Tiene un papel de supervisor, consultor, asesor y regulador de la atención a los
enfermos que llegan al SUH y establece la prioridad y la asistencia directa de
los pacientes críticos. También atiende directamente las emergencias. Se
encarga de supervisar de presencia física a los médicos en formación de
primer año, debiendo estar al corriente de las decisiones de importancia que
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éstos tomen. Se encarga de la supervisión global de los médicos en formación,
adaptándose ésta, al año de residencia y capacitación de cada médico de
forma individualizada. Debe de solucionar los problemas médicos que se le
planteen. Decide y autoriza el paso a observación de un paciente, el ingreso, el
traslado a otro hospital o el alta de los pacientes que sean atendidos por los
médicos en formación de primer año. De esta forma los facultativos de
urgencias visarán por escrito las altas, ingresos y demás documentos relativos
a las actividades asistenciales en las que intervenga el médico en formación
del primer año.
MÉDICO TUTOR DE RESIDENTES
Esta figura recaerá sobre un facultativo del SUH. En el caso de que haya
varios, uno será el tutor coordinador o principal.
El tutor es el profesional especialista que tiene la misión de planificar,
gestionar, supervisar, evaluar y colaborar activamente en el aprendizaje de los
conocimientos, habilidades y actitudes del médico en formación, a fin de
garantizar el cumplimiento del programa formativo. Sus funciones serán las
siguientes:
1. Supervisión directa o indirecta del médico en formación que irá variando de
modo decreciente a lo largo del periodo formativo, aumentando así la
responsabilidad que el médico en formación irá asumiendo de forma
progresiva. La actuación del tutor no implica el seguimiento físico de todos los
actos, sino básicamente atender a sus consultas.
2. Organización y gestión de las actividades correspondientes a la formación
para especialistas, el control del cumplimiento de los objetivos que conforman
sus programas y supervisión de la aplicación práctica de la formación y
programación anual.
3. Propuestas de planes individuales para cada especialista con la supervisión
de los mismos.
4. Realizar las evaluaciones trimestrales y anuales establecidas.
FUNCIONES Y SUPERVISIÓN DE LOS MÉDICOS EN FORMACIÓN EN LAS
GUARDIAS DEL ÁREA DE URGENCIAS
Las funciones del médico en formación variarán según vaya adquiriendo
conocimientos, experiencia y responsabilidad. Se considerará desde el punto
de vista organizativo como: “R1 o médicos de primer año, R2 o médicos de
segundo año y R3-5 o “residentes mayores” a los médicos de 3º-5º año.
R1 o médicos de primer año:
Realizará su labor asistencial y docente bajo la supervisión directa del
facultativo al que consultará y con el que acordará sus actuaciones y
decisiones, teniendo como principales funciones las señaladas a continuación:
1.-Realizará una correcta historia clínica y completa exploración del paciente
haciendo una valoración inicial de la situación del mismo.
2.-Emitirá un juicio clínico de presunción.
3.-En sus primeras guardias, como norma, no deberán solicitar pruebas
complementarias ni indicar un tratamiento sin consultar al facultativo. Al
finalizar el 1º año de residencia deberán ser capaces de realizar estas
actividades sin necesidad de consultar, y ser capaces de valorar los beneficios
y riesgos antes de realizar cualquier procedimiento diagnóstico y terapéutico.
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4. Informar al enfermo y a los familiares a su llegada es esencial,
trasmitiéndoles una primera impresión y comentando brevemente lo que se va
a hacer y un tiempo aproximado de la estancia del enfermo en Urgencias, así
como en el momento de proceder a dar el alta o ingreso (que siempre se
decidirán bajo la supervisión del facultativo responsable de urgencias).
5. Rellenará los protocolos existentes en Urgencias, los documentos de
consentimiento informado de las pruebas que lo requieran, cumplimentará los
partes judiciales y la documentación que sea necesaria (todo ello con el
asesoramiento del facultativo hasta que sepa hacerlo correctamente).
6. Informar a los compañeros que entren en el turno siguiente de la situación
clínica de los pacientes que continúen en observación ("Pase de Guardia").
En general, realizarán funciones asistenciales de los pacientes que acudan al
SUH en la zona de “boxes de lentos”: anamnesis, exploración física, solicitarán
las pruebas complementarias necesarias para el diagnóstico y realizarán el
tratamiento inicial necesario para el paciente siempre de acuerdo y con
supervisión directa de presencia física con su adjunto asignado, del que
dependerá para todo.
Recomendamos que la supervisión de presencia física por parte de los
facultativos de urgencias sea para un máximo de dos-tres R1 o médicos de
primer año por cada facultativo durante las guardias, y un solo médico de
primer año por cada facultativo durante los periodos de rotación programada
por el servicio de urgencias. Los documentos de alta, ingreso o destino del
paciente a observación deberán ir firmados por el facultativo supervisor y el
médico en formación (con firmas legibles y nº de colegiado).
R2 o médicos de segundo año:
Para ser considerados como tal, han de haber sido evaluados por sus
tutores como aptos y capacitados como médicos de primer año para pasar a
desempeñar funciones de “R2 o médicos de segundo año”.
Realizarán su función asistencial fundamentalmente en el área de “box
rápido” cuando haya un médico en formación de segundo año. En caso de
coincidir dos o más en la misma guardia, podrían pasar dos al box rápido o uno
de ellos iría a la zona de boxes lentos (en función de las instrucciones dadas
por el tutor de urgencias o facultativo responsable de la guardia y situación del
servicio de urgencias).
Podrán realizar todas las funciones enumeradas en el apartado del médico
de primer año y las funciones asistenciales tomando las decisiones de solicitud
de pruebas diagnósticas, tratamientos, destino de paciente… en función de lo
determinado por el tutor y según las competencias adquiridas. Debe, en todo
caso, tener un facultativo asignado y localizado en el SUH, al que poder recurrir
y consultar todo lo que considere necesario y que será el responsable de su
supervisión durante la guardia. El grado de “autonomía” del médico en
formación de segundo año será progresivo, de forma que al final de este año
tienen capacidad para decidir sobre el destino del paciente y sobre la
necesidad de valoración del enfermo por otro especialista, así como
consensuar decisiones con los facultativos de Urgencias.
R3-5 o “residentes mayores”:
Para ser considerados como tal, han de haber sido evaluados por sus
tutores como aptos y capacitados como médicos de segundo año para pasar a
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desempeñar funciones de “residente mayor” o médico en formación de tercer,
cuarto y quinto año.
Además de poder realizar las funciones de los residentes de primer y
segundo año, de acuerdo con los facultativos responsables de la guardia,
realizarán labores de ayuda en la clasificación o triaje de enfermos,
organización de la labor asistencial en los boxes de exploración lenta o rápida y
supervisión y apoyo de los demás médicos en formación. Tendrán la libertad de
cambiar su ubicación, de acuerdo con el facultativo responsable, a aquellas
zonas donde la presión asistencial lo demande o el interés docente lo
recomiende. Además:
1. Deberían ser capaces de asistir, bajo la supervisión del facultativo
responsable al que ayudarán, en las funciones de reanimación y situaciones en
las que se vean involucrados enfermos críticos.
2. Orientarán y asesorarán en lo que precisen a los médicos en formación de
primer año y colaborarán con los médicos en formación de 2º año en todas sus
funciones.
3. En caso de existir situaciones especiales, con enfermos conflictivos o
cuando surja algún problema con implicaciones legales o partes al Juzgado,
deberá poner los hechos en conocimiento del facultativo responsable,
coordinador del SUH o Jefe de la guardia según corresponda.
El grado de “autonomía” del “residente mayor” (R 3º-5º año) será
progresivo, pudiendo llegar a ser casi autónomo al final de su periodo de
formación de la residencia, siempre que el facultativo responsable de la guardia
así lo considere y acepte. En cualquier caso, cuando exista un problema que el
médico considere importante, informará al facultativo responsable.
En ocasiones, el médico en formación y el facultativo responsable
acordarán el papel del primero, grado de supervisión y la manera más
adecuada de llevarla a cabo.
Todo residente, independientemente de su experiencia o año de
formación, tiene el derecho y la obligación de consultar sus dudas en cualquier
momento de la guardia y solicitar ayuda y consejo a los facultativos de guardia,
quienes, ya sean tutores o no, dada su condición de facultativos ligados a un
Hospital Docente, tienen la obligación de prestársela.
Además, los médicos en formación deben participar en actividades de
investigación, congresos, sesiones clínicas y en la publicación de artículos en
revistas científicas. También han de ser conscientes de que trabajan integrados
en equipos de profesionales de igual titulación pero con niveles más elevados
de formación y experiencia, donde el respeto mutuo debe imperar conociendo
que la disparidad de criterios y, a veces, las discusiones, finalmente resultan
enriquecedoras para todos.
ANEXO IV
El aneno IV incluye la normativa y recomendaciones para la solicitud y concesión de
dias de libre disposición, vacaciones, permisos para congresos, etc. Esta normativa
junto con los impresos oficiales está disponible en papel en la Secretaría de la
comisión de docencia y en: http://www.cht.es/mir2006 en la sección documentos de
interés
y
oficiales
de
los
residentes.
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8.- NORMATIVA DE SESIONES DE LOS MÉDICOS
EN FORMACIÓN DEL COMPLEJO HOSPITALARIO
DE TOLEDO.
NORMATIVA DE SESIONES
DE LOS MÉDICOS EN
FORMACIÓN DEL
COMPLEJO HOSPITALARIO
DE TOLEDO
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1.- INTRODUCCIÓN
- El presente documento ha sido elaborado por el grupo de trabajo creado tras
la Comisión de Docencia celebrada el día 5 de octubre de 2009, con el objetivo
de elaborar una normativa que actualice, sustituya y/o complete a los
documentos aprobados por la Comisión de Docencia y que sirvan de referencia
para la realización de las SESIONES por los médicos en formación en el
Complejo Hospitalario de Toledo (CHT), de forma general y con las
consideraciones oportunas para determinados servicios o áreas asistenciales.
- El grupo de trabajo estará compuesto, inicialmente, por:
Dra. Solange Amor Andrés (Vicepresidenta de la Comisión de Docencia y
Tutora de Geriatría).
Dra. Ana Pedrosa Guerrero (Representante de los médicos en formación de la
Comisión de Docencia MIR).
Dr. Juan Luis Orradre (Representante de los tutores de la Comisión Docencia
MIR)
Dr. Gabriel Sánchez Navas (Representante de los médicos en formación de la
Comisión Docencia MIR).
Dr. Agustín Julián Jiménez (Jefe de Estudios y Presidente de la Comisión de
Docencia MIR).
- El Documento elaborado por el grupo de trabajo será presentado en Comisión
de Docencia para ser valorado y analizado. Tras su aprobación, pasará a ser la
normativa oficial y el reglamento de organización y funcionamiento de las
sesiones del CHT. Hay que tener en cuenta que se han elaborado según los
acuerdos y decisiones tomadas en las distintas comisiones de docencia.
2.- OBJETIVOS, GENERALIDADES Y NORMATIVA
2.1- Objetivo de la normativa:
Crear un marco y las directrices oportunas para la organización y
realización de las sesiones docentes de los médicos en formación en el CHT y
así regular su cronograma, funcionamiento y evaluación.
2.2- Generalidades:
Las sesiones constituyen una parte, singular e insustituible, del
aprendizaje del médico en formación y de su relación con el equipo asistencial
de las unidades o servicios por las que rota y de forma global con el centro
docente. Por lo tanto, deben ser integradas de acuerdo con el programa del
médico en formación y la organización y actividad del centro. Desde el punto de
vista docente, las sesiones clínicas añaden experiencia, conocimientos y
habilidades que complementan a las conseguidas durante las rotaciones
programadas y guardias. Todo ello garantizará la formación integral del médico
especialista.
Las sesiones (como ponente y/o participante o asistente) tienen un
carácter obligatorio para el médico en formación y en su realización deben
estar supervisados y orientados por sus tutores y otros colaboradores docentes
(facultativos, jefes de servicio o jefe de estudios).
Las distintas unidades docentes y especialidades en el CHT integran las
sesiones de los médicos en formación que se organizan dentro de la estructura
funcional de dichos servicios y que pueden ir variando en función de las
necesidades docentes y/o asistenciales. Del mismo modo el Servicio de
Urgencias contemplará un plan de sesiones complementarias a las guardias y
rotaciones que en él se realicen.
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2.3- Marco legal relevante:
- Orden de 22 de junio de 1995 por la que se regulan las comisiones de docencia y
los sistemas de evaluación de la formación de médicos y de farmacéuticos
especialistas.
- Real Decreto 1146/2006 del 6 de octubre, en el que se regula la relación laboral
especial de residencia para la formación de Especialistas en Ciencias de la Salud. En
su artículo 4, puntos 1 y 2. “Derechos y deberes”.
- Real Decreto 183/2008 de 8 febrero, por el que se determinan y clasifican las
especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del
sistema de formación sanitaria especializada.
Capítulo V: deber general de supervisión y responsabilidad progresiva del
residente.
- Artículo 11. El tutor. Concepto, funciones y nombramiento.
- Artículo 15: La responsabilidad progresiva del residente.
3- ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO GENERAL
3.1.- ¿Quién organiza y regula las sesiones docentes?
Corresponde integrar las SESIONES de los médicos en formación a los
tutores de los servicios o unidades docentes, a través de las propuestas
coordinadas con los interesados y los jefes de servicio. Además existirá un
responsable en el CHT (D. Rafael Cuena) de organizar las Sesiones Generales
Hospitalarias con el que los tutores deberán coordinarse para organizar los
calendarios.
3.2.- Sesiones Generales Hospitalarias
Las Sesiones Generales Hospitalarias (SSGGHH) se realizarán los
miércoles (generalmente cada dos semanas, aunque pueden organizarse con
más frecuencia) a las 8:00 horas, previo aviso por correo electrónico, cartelería
y anuncio de la misma en la intranet al menos una semana antes. Las
SSGGHH serán obligatorias para todos los residentes del CHT (se comprobará
su asistencia a través de la firma hasta las 8:30 horas). De forma que a lo largo
del año deben haber asistido al 80% de las mismas (no computarán los
periodos donde el residente se encuentre en rotaciones externas fuera del CHT
o si se encuentran de baja o en situaciones especiales). La SGH se podrá
seguir por videoconferencia desde el Hospital Virgen del Valle. En caso de
ausencias reiteradas o no cumplir este objetivo, esta circunstancia se tendrá en
cuenta de forma negativa para su evaluación anual. Por otro lado, el residente
que presente una SGH, tendrá un reconocimiento positivo en su evaluación. En
relación con las SSGGHH se marcan dos objetivos para los servicios docentes
y médicos en formación:
- Sería recomendable que cada servicio presentara o participara al
menos en una SGH al año. En cualquier caso un servicio o unidad
docente debe de haber presentado o participado alguna SGH en el
periodo de dos años. En ellas, se debe procurar y facilitar que sean
los médicos en formación los encargados de su presentación.
- Al final del periodo de la residencia, todo médico en formación
debería haber participado en, al menos, una SGH. Este hecho se
tendrá en cuenta y valorará en la evaluación final del periodo
formativo.
3.3.- Sesiones Docentes de las Unidades y Servicios del CHT.
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Corresponde y es función del tutor, en coordinación con los médicos en
formación, elaborar y entregar a Docencia Médica el calendario (mensual o
trimestral) de sesiones del servicio donde se integren y participen los médicos
en formación del propio servicio y los rotantes. En el caso del Servicio de
Urgencias se integrará su calendario al referido como “Calendario básico para
los médicos en formación de primer año”. Este/s calendario/s de sesiones
deberá/n incluirse en la memoria docente del servicio que debe entregar el tutor
al finalizar el año académico.
3.4.- ¿Qué tipo de sesiones se deben contemplar?
Las sesiones se adaptarán a las características del servicio, pero al menos
deben organizarse de forma regular:
- Sesiones clínicas (revisiones y/o casos clínicos cerrados o abiertos).
Obligatorias para los médicos en formación. Debe documentarse por
parte del tutor su asistencia (lista de firmas o similar) y debe
certificarse por parte del tutor y/o jefe de servicio la presentación de
la misma (ANEXO I). (El modelo propuesto en el anexo I, de acuerdo
con Formación Continuada, servirá para poder certificar
posteriormente la presentación de sesiones para los méritos de la
carrera profesional).
- Sesiones de revisión bibliográficas (sería recomendable que cada
médico en formación tuviese alguna publicación establecida de
referencia y algún facultativo supervisor).
- Otros modelos de sesiones específicas de cada servicio.
Los anexos tipo I, junto con el calendario de sesiones, deberán
entregarse a Docencia Médica de forma regular (mensual o trimestral), siendo
ésta una responsabilidad del tutor.
Toda la información de las sesiones docentes se incluirá en las
memorias de cada médico en formación y del servicio (anualmente). Y a su
vez, en la memoria del curso académico de Docencia Médica. En la evaluación
de los médicos en formación y de los servicios, se tendrá en cuenta de forma
muy significativa la realización y presentación de sesiones.
3.5.- Coordinación de las sesiones del CHT
Con objeto de que no haya solapamientos ni descoordinación y que cada
médico en formación conozca sus obligaciones respecto a la asistencia
obligatoria a las sesiones, se estableció un modelo conjunto que en el futuro
podría ser modificado si se decide por la Comisión de Docencia:
- Todos los médicos en formación deben asistir siempre a las SSGGHH.
- Los médicos en formación de primer año deberán asistir a las sesiones de
su propio servicio y de los servicios por los que estén rotando. En el caso de
los que estén en las especialidades médicas (y por lo tanto hagan guardias
de urgencias de medicina interna) deberán asistir en el aula del entronque
de la planta 2ª, consultando el calendario de sesiones, a las 8:00 horas de
forma que:
o Lunes de 8:00-9:00 horas: De forma alternativa cardiología y digestivo
se encargarán organizarlas.
o Martes de 8:00-9:00 horas: De forma alternativa Medicina Interna y
Urgencias se encargarán de organizarlas.
o Miércoles de 8:00-9:00 horas: SGH. Los días que no esté programada
una SGH, podrán realizarse otras sesiones.
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-
o Jueves de 8:00-9:00 horas: Neurología se encargará de organizarlas.
Éstas se realizarán en el aula del entronque de la 3ª planta (junto a
hemodiálisis).
o Viernes de 8:00-9:00 horas: Cada servicio podrá organizar sus propias
sesiones. No obstante, se informa que a las 8:30 horas en el aula del
centro de Salud de Palomarejos tienen lugar las sesiones de Medicina
Familiar y Comunitaria.
o Otros servicios (endocrinología, hematología, oncología, etc.) se irán
integrando progresivamente en los planes de sesiones.
Los médicos en formación de 2º-5º año, deberán asistir a las sesiones de su
propio servicio y de los servicios por los que estén rotando.
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ANEXO I: INFORME DE SESIÓN CLÍNICA Y ASISTENTES
Servicio organizador_____________________________________________
Responsable o tutor organizador___________________________________
Tipo de Sesión__________________________________________________
Título de la Sesión_______________________________________________
Ponente/s______________________________________________________
_______________________________________________________________
Lugar de realización_____________________________________________
Fecha y horario_________________________________________________
Asistentes:
DNI
Nombre y apellidos
Firma
Observaciones:________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
____________________________________________________________
Toledo, a _____de______________________de_________
Fdo. Tutor o responsable: D/Dª____________________________________
DNI: _____________________
Fdo. Ponente de la sesión: D/Dª____________________________________
DNI: _____________________
Sello y firma Jefe de Estudios_________________________________________
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9.- INSTRUCCIONES PARA LA ASISTENCIA A
ACTIVIDADES FORMATIVAS
Esta normativa junto con los impresos oficiales está disponible en papel en la
Secretaría de la comisión de docencia y en: http://www.cht.es en docencia
médica en la sección documentos de interés y oficiales de los residentes.
10.- PLAN DE GESTIÓN DE LA CALIDAD DOCENTE
INTRODUCCIÓN y OBJETIVOS
1.- Presentación y objetivos generales
La existencia de un PGCD en el CHT es necesaria para conseguir avanzar hacia
la excelencia en la Docencia en el propio Centro y adecuar la estructura, formación,
funciones y actividades de la CD de acuerdo con la normativa legal estatal (MSPS) y
autonómica (SESCAM). Además, debe de ser una de las garantías principales que
sirvan a los equipos auditores para comprobar que la docencia en el CHT cumple con
los requisitos de calidad para desempeñar su actividad docente. Para ello, es
imprescindible que el PGCD esté en consonancia con las líneas estratégicas CHT y
sea aprobado simultáneamente por la CD y la Comisión de Dirección del CHT. Sin el
PGCD las acciones podrían ser incoordinadas, carecer de objetivos estratégicos y su
desarrollo e impacto sería difícil de evaluar. De la misma forma, estará en la línea
marcada por el PC-SNS, la Agencia de Calidad del SNS y cualquier otro plan de
auditorias externas dependientes del Gobierno Central o del de Castilla La Mancha.
El artículo 29 sobre la “evaluación y control de la calidad de la estructura
docente” del RD 183/2008 por el que se determinan y clasifican las especialidades en
Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de
formación sanitaria especializada, señala que:
- Las CD del centro o unidad docente elaborarán un PGCD respecto a la/s
unidad/es de las distintas especialidades que se formen en su ámbito. Dicho
plan se aprobará y supervisará por la CD con sujeción a los criterios que
establezcan las comunidades autónomas a través de los órganos competentes
en materia de FSE y la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud.
- En los mencionados PGCD se contará con la participación de los residentes
que anualmente evaluarán, a través de encuestas o de otros instrumentos que
garanticen el anonimato, el funcionamiento y adecuación de los recursos
humanos, materiales y organizativos de la unidad en la que se estén formando,
así como el funcionamiento, desde el punto de vista docente, de las distintas
unidades asistenciales y dispositivos por los que roten por sus periodos
formativos.
- La Orden SCO/581/2008, de 22 de febrero, por la que se publica el Acuerdo de
la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, por el que se fijan
criterios generales relativos a la composición y funciones de la Comisión de Docencia,
a la figura del Jefe de Estudios de formación especializada y al nombramiento del
tutor, indica que es función de las CD aprobar el PGCD del centro o unidad docente,
supervisando su cumplimiento, a cuyos efectos les será facilitada cuanta información
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sea necesaria por los responsables de las unidades asistenciales y por los
correspondientes órganos de dirección y gestión.
Asimismo, esta Orden indica que es función del Jefe de Estudios supervisar el
PGCD del Centro o Unidad.
El PGCD permitirá que el CHT como centro docente integral se pueda adaptar a
las nuevas necesidades y retos que se identifiquen en la FSE y conseguir una mejora
continua de la calidad docente.
El PGCD del CHT será sólo uno, pero incluirá la gestión de las Unidades
Docentes para cada una de las especialidades acreditadas del CHT. No obstante, es
recomendable el desarrollo de un PGCD en las Unidades Docentes Extrahospitalarias
para especialidades como Medicina Familiar y C0omunitaria, Medicina Preventiva y
Salud Pública y Medicina del Trabajo.
El PGCD se revisará anualmente por la Dirección del CHT, la CD y la Comisión
de Calidad del CHT. Es decir, se asume la importancia que tiene la adaptación
continua del PGCD a las particularidades y circunstancias del CHT y Castilla La
Mancha. Por ello, cada año coincidiendo con su revisión se incluirán los aspectos y
elementos que la CD considere oportunos.
El PGCD deberá conseguir que los profesionales que se incorporen a los PFE
en el CHT para realizar su periodo de residencia, alcancen las competencias propias
de cada especialidad y las comunes a las profesiones sanitarias, que les permitan
ejercer su profesión con el objetivo de prevenir, cuidar y promocionar la Salud de la
sociedad donde ejerzan su actividad.
Dado que la actividad docente del CHT se considera en última instancia como
una tarea y misión implícita del propio centro docente, será imprescindible que el
PGCD sea conocido y cuente con la colaboración de todos los profesionales del CHT.
De forma genérica los objetivos del PGCD son:
 Cumplir los objetivos de los programas formativos para los residentes
 Gestionar la actividad formativa de forma adecuada
 Asegurar que los residentes llevan a cabo una prestación asistencial acorde
a su nivel formativo
Teniendo en cuenta estos requisitos, el CHT debe identificar los procesos
involucrados en la formación de especialistas, así como sus interrelaciones.
Para el desarrollo de este PGCD debe atenderse a los siguientes aspectos:
 Compromiso de la dirección del CHT como Centro Docente
 Soporte documental del PGCD
 Recursos empleados en la Docencia
 Medición, análisis y mejora del PGCD
Los elementos esenciales del PGCD serán:
1.- La Misión, Visión y Valores Docentes del CHT:
- La Misión Docente es el motivo principal para el que el Centro/Unidad
realiza actividades formativas
- La Visión Docente consiste en establecer el punto donde se quiere llegar
en relación con las actividades formativas
- Los Valores son los recursos de excelencia con los que se cuenta.
2.- Los objetivos estratégicos docentes.
Cada objetivo seleccionado debe ser fácilmente medible, mediante al
menos un indicador. En el punto 2.2 se exponen los objetivos mínimos a cumplir y
otros muy recomendables para acercarse a la excelencia en la docencia. Los
objetivos mínimos incluyen los establecidos por la Asociación de Redes Docentes
Y Asesoras (AREDA) en su reunión anual de 2008.
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3.- Los indicadores.
Deben ser objetivos y fáciles de obtener. Se establecerá una meta o “unos
mínimos resultados” a alcanzar para cada uno de ellos. Su evaluación y revisión
se realizará, al menos, anualmente.
4.- Sistema de evaluación.
Comprende la evaluación interna y la externa.
La evaluación interna se realizará por la CD que verificará el cumplimiento
de los objetivos a través del análisis de los indicadores, ésta se llevará a cabo con
una frecuencia anual. El resultado de la evaluación debe ser validado por la
Dirección del CHT y será hecho público.
La evaluación externa dependerá del PC-SNS y de las Agencias de Calidad
del SNS y/o Comunidades Autónomas (Auditorias).
5.- Iniciativas y acciones de mejora.
Se derivarán del resultado de las evaluaciones internas o externas. Son
necesarias para corregir las deficiencias observadas y se traducirán en la
elaboración del “Plan de mejora de las deficiencias observadas”.
2.- Objetivos del PGCD del CHT
La definición del conjunto de objetivos del PGCD persigue identificar y
determinar las áreas donde existen oportunidades de mejora, y otras que se
consideren prioridades para la organización de la Docencia en el CHT. La
consecución de un objetivo puede depender, en ocasiones, del logro de otro/s.
Objetivos del PGCD del CHT:
- Señalar las estrategias o líneas básicas del PGCD para su creación y revisión anual.
- Adecuar y mejorar la estructura del centro y de las unidades docentes para
favorecer la actividad docente del residente (personal, medios, ratios, espacios,
técnicas, etc).
- Mejorar la cartera de actividades docentes de todos los servicios y unidades
docentes para que sean funcionales, eficaces y atractivas para los residentes (Plan
de formación transversal, sesiones generales hospitalarias, sesiones en los servicios,
cursos, tesis doctorales, proyectos de investigación, congresos, publicaciones,
comunicaciones, etc).
- Satisfacer las necesidades y expectativas docentes de los residentes.
- Mejorar el nivel de atracción del CHT y sus Unidades Docentes.
- Elaborar guías o itinerarios formativos para todas las especialidades acreditadas,
que garanticen el cumplimiento de los objetivos del programa oficial de cada
especialidad.
- Elaborar planes individuales de formación para todos los residentes, adecuados a
las guías o itinerarios formativos de su especialidad y a sus características
personales.
- Asegurar el cumplimiento de los objetivos de los programas formativos de los
especialistas en formación.
- Completar y asegurar la formación transversal común (PTCF) o plan transversal
común del residente garantizando así la formación continua de cada resiente y su
formación en las competencias transversales.
- Revisar la capacidad docente del CHT: Revisar y ampliar si procede, el número de
plazas acreditadas en cada especialidad y valorar el incremento de especialidades
acreditadas.
- Elaborar el “Plan de acogida de los nuevos residentes” anualmente.
- Elaborar el “Plan de despedida de los residentes al término de su residencia”
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- Realizar la memoria docente anualmente.
- Realizar el Plan Formativo del CHT anualmente.
- Presentación y actualización de los contenidos de la página Web de intranet e
internet de Docencia del CHT anualmente.
- Análisis y aprobación de las rotaciones externas de los residentes del CHT por la
CD.
- Completar y mejorar el método de la evaluación formativa (trimestral – anual) de los
residentes
- Completar y mejorar la evaluación de los servicios o unidades docentes, del CHT y
de la CD.
- Garantizar la integración de la actividad asistencial y formativa de los residentes
integrados como personal del CHT.
- Asegurar que los residentes llevan a cabo una prestación asistencial acorde a su
nivel formativo.
- Fomentar y favorecer, asegurando la realización de unos mínimos establecidos, las
actividades docentes, investigadoras y de formación de los residentes (participación
en congresos, comunicaciones, ponencias, publicaciones, proyectos de investigación,
tesis doctorales, etc) en relación con su programa común y su especialidad.
- Fomentar, favorecer, asegurar y mantener la capacitación docente de los tutores en
relación a la metodología y evaluación de la docencia de especialistas en formación.
- Asegurar que los tutores reúnen los requisitos necesarios para ser acreditados y
reacreditados por la CD a través de la normativa de tutores del CHT.
- Fomentar y asegurar la realización de las reuniones y actividades periódicas de la
CD.
- Favorecer y asegurar la integración de la CD y del Jefe de Estudios en las
instituciones y organismos relacionados con la formación especializada (MSPS,
ACSNS, SESCAM, AREDA, AEMIR, etc).
- Supervisar, revisar y actualizar anualmente el PGCD por parte del Jefe de Estudios
y la CD.
Adecuar y mejorar la estructura del centro y de las unidades docentes para favorecer
la actividad docente del residente (personal, medios, ratios, espacios, técnicas, etc).
- Difundir el PGCD y sus resultados de forma anual a todos los especialistas en
formación y profesionales del CHT.
3.- Normativa aplicable o referencias normativas
- Ley 44/2003 de 21 de noviembre (de ordenación de las profesiones sanitarias):
Sección II. De la estructura y la Formación en las Especialidades en Ciencias de la
Salud.
- Real Decreto 1277/2003, por el que se establecen las bases generales sobre la
autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de
los servicios de salud.
- Orden del 3 de febrero de 2004 de la Dirección General de Atención Sanitaria
del SESCAM: Instrucciones sobre la asistencia a distintas actividades formativas por
los profesionales de instituciones sanitarias del SESCAM.
- Real Decreto 1146/2006 del 6 de octubre, en el que se regula la relación laboral
especial de residencia para la formación de Especialistas en Ciencias de la Salud.
- D.O.C.M Número 100 de 14 de mayo de 2007 págs 12356-7: Resolución de 2604-2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se ordena la publicación del
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Acuerdo suscrito entre el Servicio de Salud de Castilla La Mancha y las
Organizaciones Sindicales sobre condiciones laborales y económicas del personal
sanitario en formación por el sistema de residencia.
- Real Decreto 183/2008, de 8 febrero, por el que se determinan y clasifican las
especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos
del sistema de formación sanitaria especializada.
- La Orden SCO/581/2008, de 22 de febrero, por la que se publica el Acuerdo de
la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, por el que se
fijan criterios generales relativos a la composición y funciones de la Comisión
de Docencia, a la figura del Jefe de Estudios de formación especializada y al
nombramiento del tutor.
- Programas formativos de las Especialidades. Todos ellos accesibles en:
http://www.msc.es/profesionales/formacion/guiaFormacion.htm
4.- Compromiso de la Dirección del CHT como Centro Docente
La Dirección del CHT asume los compromisos y requisitos que implica la
acreditación del Complejo como Centro Docente para la FSE de postgrado. En este
sentido la Dirección/Gerencia del Centro debe:
1.- Dar apoyo expreso a la CD, Jefe de Estudios y personal implicado en la
Docencia (Tutores, Colaboradores Docentes, Jefes de Servicio) así como a los
propios especialistas en formación en todas sus funciones relacionadas con la
docencia y participar en la integración de la actividad asistencial de los mismos de
acurdo con las normativas propias de la CD y las Autonómicas y nacionales.
2.- Establecer una política de calidad de la CD y actuar siguiendo las directrices de
la Comisión de Garantía de Calidad del CHT.
3.- Establecer los objetivos de calidad en los niveles pertinentes y planificar las
actividades y recursos necesarios que aseguren los objetivos específicos o
estratégicos del PGCD del CHT (punto 2.2).
4.- Asegurar la disponibilidad de los recursos humanos y materiales necesarios.
5.- Realizar la aprobación formal del PGCD junto con la CD del CHT.
6.- La Dirección del centro debe revisar, cada año, el PGCD y todos los datos e
información procedentes de:
6.1.- Seguimiento de los objetivos de calidad
6.2.- Análisis de recursos, capacidad docente del CHT y de la Formación
continuada.
6.3.- Resultados de las auditorias docentes realizadas por la ACSNS u otros
organismos autonómicos.
6.4.- Sugerencias o reclamaciones de los residentes, de los pacientes y de la
Administración.
6.5.- Información sobre la satisfacción de los residentes.
6.6.- Resultados de los indicadores de seguimiento de los procesos formativos.
6.7.- Estado de las acciones correctivas o preventivas.
6.8.- Acciones de seguimiento de acciones procedentes de revisiones anteriores.
6.9.- Los cambios que pudieran afectar al PGCD establecido.
6.10.- Las recomendaciones para la mejora.
Los resultados de esta revisión deben quedar registrados y desde ellos se
elaborará una Memoria Docente anual de la CD (En relación con el calendario
docente, no por años naturales).
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5.- Organigrama de la organización de la Docencia del CHT
Comisión de Dirección del CHT
Director Gerente del CHT
Directores de las Áreas Médica y Quirúrgica
Comité de
evaluación
Jefes de las
unidades
asistenciales
Jefe de Estudios
Comisión de
Docencia
Jefe
de Residentes
Vicepresidente
Comisión de Docencia
Representantes
electos
de los Residentes
Tutores
Representantes
electos
de los Tutores
Residentes
Colaboradores Docentes
Resto de personal del
CHT implicados con la
actividad docente
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6.- Mapa de procesos del Complejo Hospitalario de Toledo
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Procesos de medición y mejora: se considera a los estratégicos, que sientan las
bases que garantizan la correcta implantación del PGCD, facilitan la toma de decisiones
porque aseguran su despliegue y controlan su aplicación.
Procesos operativos o docentes: se consideran a los que “suponen la razón de ser”
de la formación. Son los que se refieren directamente al trabajo con las personas en el
desarrollo de las competencias previamente definidas y con los estándares de calidad
previamente establecidos y que tendrán como resultado la formación de especialistas.
Procesos de apoyo o soporte: Son los que proporcionan todos los recursos
(personales, materiales, metodológicos) necesarios para que los procesos operativos
se cumplan.
Recursos humanos para la actividad docente del CHT
- El CHT debe contar con un Jefe de Estudios con dedicación específica o completa
(cuando el nº de especialistas en formación sea mayor a 200) y prioritaria para la
formación especializada, siendo responsable de su planificación, organización, gestión
y supervisión. El Jefe de Estudios debe ejercer su responsabilidad docente en una
situación de superioridad jerárquica respecto a las jefaturas asistenciales. El Jefe de
Estudios no debe tener otras responsabilidades de gestión, sobre todo de tipo
asistencial, en otras áreas distintas a la Docencia. El jefe de estudios dependerá
jerárquicamente de la dirección del CHT que garantizará su autonomía de gestión.
- El CHT y la CD deben garantizar la asignación de un tutor a cada uno de los
residentes y su disponibilidad y facilidad para ejercer sus funciones a través de su
adecuada dedicación según lo dispuesto en el RD 183/2008 y la normativa de Tutores
2010 del CHT.
- El CHT y la CD deben garantizar la asignación de un Colaborador Docente a cada uno
de los residentes (del propio CHT o rotantes por el CHT de otros Centros Docentes de
Castilla La Mancha y otras Comunidades Autónomas) en sus rotaciones por los
distintos servicios o Unidades Docentes del CHT.
- El CHT dispondrá de una Secretaria específica para la CD.
- Recursos materiales para la actividad docente
- El CHT dispondrá de un despacho y/o sala de reuniones para el Jefe de Estudios y los
miembros de la CD
- El CHT dispondrá de un espacio adecuado para la secretaría de la CD y la custodia
de todos los documentos y expedientes de los residentes
- El CHT garantizará todos los recursos materiales, espacios físicos y necesidades para
que la actividad docente de la CD y de las unidades docentes se realicé
adecuadamente, de acuerdo con el número de residentes y especialidades.
- Docencia Pregrabo
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En la actualidad, la Docencia de Pregrabo viene enmarcada por la necesaria
referencia al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), iniciado con la
declaración de Bolonia de 1999, y que contempla implantar un sistema de créditos
comparables y compresibles según las cargas de trabajo y formación en competencias.
El nuevo modelo requiere la total integración de estudios preclínicos y clínicos, con una
mayor implicación docente del SNS. Castilla La Mancha forma ya parte del sistema de
formación de la Universidad. Así, como en el caso de los especialistas en formación se
ha de implantar una serie de indicadores que sean mediales y evaluables y que puedan
ser utilizados para la formación pregrabo de otros profesionales sanitarios como
enfermería, terapias ocupacionales, etc.
3.- MEDICIÓN, ANÁLISIS Y MEJORA DEL PGCD
Para ello se debe documentar:
-
Satisfacción del residente con su propia unidad o servicio y con el CHT: se evaluará
de forma anual en relación al funcionamiento, adecuación de los recursos y
equipamiento y calidad de la docencia recibida.
-
Satisfacción y evaluación con las rotaciones efectuadas por el residente: se evaluaran
de forma anual.
-
Auto evaluación y auditorias internas: Independientemente de la revisión por parte de
la CD y de la Dirección del CHT del PGCD de forma anual, se establecerán auditorias
internas de varios niveles a los servicios o unidades docentes, tutores y residentes por
parte de los comités organizados por miembros de la CD a tal efecto. La Dirección del
CHT se asegurará de que se toman las medidas adecuadas para la resolución de las
no conformidades detectadas durante las revisiones y auditorias internas, asumiendo
la realización del seguimiento de estas acciones y la verificación de su eficacia.
-
Indicadores para realizar la medición y seguimiento: la dirección del CHT junto con la
CD establecerán los “indicadores de los procesos docentes” que aseguren la revisión
de su capacidad para alcanzar los resultados previstos planificados. En el caso de no
alcanzarse los resultados previstos, se tomarán las medidas correctivas oportunas.
-
Control de las no conformidades: cualquier incumplimiento de los establecidos en el
PGCD por parte del CHT o de los resultados esperados en relación con los objetivos y
procesos docentes, debe de registrarse y solucionarse en el menor tiempo posible.
Además, se realizarán las acciones pertinentes para prevenir su repetición.
El CHT establecerá la sistemática para la identificación, registro y tratamiento de las
no conformidades y sus acciones correctivas posteriores.
Se establecerá el registro de la naturaleza de las no conformidades, el análisis de las
causas que las originaron y las acciones tomadas posteriormente (indicando
actividades, responsables, fechas y seguimiento de su eficacia).
-
Mejora: la dirección del centro definirá la operativa seguida para el establecimiento y
registro de acciones de mejora orientadas a incrementar la satisfacción de los
residentes, pacientes (y familiares) y la Administración con la docencia de postgrado
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impartida en el CHT. En el registro de estas acciones de mejora, se deben incluir
actividades, responsables, plazos y seguimiento de su implantación.
INDICADORES DE PROCESO
Los criterios generales que se deben tener en cuenta al establecer el nivel de
cumplimiento de los objetivos anteriormente enunciados en el punto 2.2 son:
-
Se deben mejorar los resultados obtenidos previamente
-
En los casos donde se hubiera alcanzado el nivel de excelencia, en los que el
objetivo será repetir el nivel alcanzado.
-
El nivel mínimo pactado se establecerá en la media del grupo al que pertenece el
CHT.
Los indicadores deberán ser claros, realizables y que puedan responder a los objetivos
planteados en el Plan estratégico.
En una primera etapa de implantación y desarrollo del PGCD en el CHT (20102011) se valorarán los indicadores de la tabla 1, que incluyen todos los sugeridos por
AREDA y la SGOP del MSPS en sus documentos para la “Realización del Plan de
Gestión de la Calidad Docente de los Centros Acreditados para la Formación de
Postgrado” dados a conocer a final de 2008.
Tras la revisión y análisis de los indicadores en 2011, se ajustarán los
estándares, se plantearán las acciones de mejora para los no conseguidos, se
fortalecerán los conseguidos y se irán incorporando los indicadores algunos de los
señalados en la tabla 2 y otros a criterio de la CD y la Dirección del CHT.
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Tabla 1: indicadores 2010-2011
INDICADOR
Índice de satisfacción global de los residentes
(%)
(Será importante detectar todas las NO
satisfacciones, para estudiar si son debidas a
deficiencias reales, sus causas y ver la forma de
solucionarlas)
Índice de satisfacción global de los residentes
con la formación recibida en las rotaciones
por diferentes servicios (%)
(Será importante detectar todas las NO
satisfacciones, para estudiar si son debidas a
deficiencias reales, sus causas y ver la forma de
solucionarlas)
Valoración global de la docencia y CD por los
residentes
En caso de no llegar al estándar se creará una
comisión con representantes de tutores y
residentes para evaluar la situación y promover
soluciones
Valoración global del propio servicio o unidad
por sus residentes
(Será importante detectar las NO satisfacciones
para analizar con todos los implicados del servicio
las causas y promover soluciones y acciones
correctoras. Podrán dar lugar a auditorias internas
o externas)
Valoración del Jefe de Estudios por los
representantes de los tutores y residentes
ATRIBUTO
Organización para
la docencia de CHT
Organización para
la docencia de CHT
CÁLCULO
ESTÁNDAR
% (muy poco
satisfecho, no
satisfecho,
satisfecho, bastante
satisfecho,
totalmente
satisfecho)
70% satisfacción
% (muy poco
satisfecho, no
satisfecho,
satisfecho, bastante
satisfecho,
totalmente
satisfecho)
70% satisfacción
FUENTE DE INFORMACIÓN O
HERRAMIENTAS DE MEDICIÓN
Encuesta de satisfacción de los
residentes
Encuesta de satisfacción de los
representantes de los residentes
Encuesta de satisfacción de los
residentes de las rotaciones
Encuesta de satisfacción de los
representantes de los residentes
PERIODICIDAD
DE MEDICIÓN
RESPONSABLE
DE LA
EVALUACIÓN
Anual
CD
Anual
CD
Organización para
la docencia de CHT
% (muy mala, mala,
buena, muy buena,
excelente)
70% satisfacción
Encuesta de satisfacción de los
residentes
Encuesta de satisfacción de los
representantes de los residentes
Anual
CD
Organización para
la docencia de CHT
% (muy mala, mala,
buena, muy buena,
excelente)
70% satisfacción
Encuesta de satisfacción de los
residentes
Encuesta de satisfacción de los
representantes de los residentes
Anual
CD
Organización para
la docencia de CHT
% (muy mala, mala,
buena, muy buena,
excelente)
75% satisfacción
Encuesta de satisfacción de los
representantes de los tutores y
residentes
Anual
CD
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Valoración de la dedicación y funciones de los
tutores
(Será importante detectar las NO satisfacciones
para analizar con todos los implicados las causas
y promover soluciones y acciones correctoras.
Podrán dar lugar a auditorias internas)
Organización para
la docencia de CHT
Porcentaje de especialidades acreditadas con
guía formativa actualizada (%)
Organización para
la docencia de CHT
100%
Porcentaje de residentes con plan individual
de formación (PIF) (%)
Organización para
la docencia de CHT
100%
Organización para
la docencia de CHT
100%
Organización para
la docencia de CHT
100%
Porcentaje de residentes que cumplimentan y
entregan la memoria anual (libro del residente)
validada por el tutor, Jefe de servicio y Jefe de
estudios (%)
Porcentaje de servicios que cumplimentan y
entregan la memoria anual validada por el
tutor y Jefe de Servicio (%)
Porcentaje de residentes con fichas de
rotaciones cumplimentadas (%)
Porcentaje de residentes con 4
entrevistas/año documentadas con el tutor (%)
Organización para
la docencia de CHT
Organización para
la docencia de CHT
% (muy mala, mala,
buena, muy buena,
excelente)
75% satisfacción
90%
60%
Porcentaje de residentes con el informe
formativo anual del tutor/jefe de servicio (%)
Organización para
la docencia de CHT
60%
Porcentaje de residentes que han presentado
al menos una sesión al año (%)
Formación,
docencia e
investigación del
CHT
95(100)%
Porcentaje de residentes con al menos una
comunicación o póster al año (%)
Porcentaje de residentes con al menos una
comunicación o póster durante su residencia
(%)
Porcentaje de residentes con al menos una
publicación al año (%)
Porcentaje de residentes con al menos una
Formación,
docencia e
investigación del
CHT
Formación,
docencia e
investigación del
25-50%
90(100)%
25-50%
Encuesta de satisfacción de los
residentes
Encuesta de satisfacción de los
representantes de los residentes
Anual
CD
Anual
CD
Anual
CD
Secretaría de Docencia
Memoria personal de cada
residente
Anual
CD
Secretaría de Docencia
Memoria del servicio
Anual
CD
Anual
CD
Anual
CD
Anual
CD
(4-5 años)
CD
Secretaría de Docencia
Guía formativa incluida en el Plan
de Formación del CHT
Secretaría de Docencia
PIF elaborado de la Guía Formativa
del servicio o Unidad
Secretaría de Docencia
Modelo ficha de rotación
Secretaría de Docencia
Modelo entrevista trimestral
Secretaría de Docencia
Modelo informe anual del tutor o
Jefe de servicio
Secretaría de Docencia
Memoria anual del residente
Memoria del Servicio
Secretaría de Docencia
Memoria anual del residente
Memoria del Servicio
Secretaría de Docencia
Memoria anual del residente
Memoria del Servicio
Anual
CD
(4-5 años)
Anual
CD
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publicación en revistas biomédicas en su
residencia (%)
Porcentaje de residentes que han participado
en al menos un proyecto de investigación
durante la residencia (%)
Porcentaje de residentes que han realizado
cursos de doctorado durante la residencia (%)
Porcentaje de residentes que completan el
PTCF (%)
Índice de satisfacción de los residentes con el
PTCF (%)
CHT
90-100%
Formación,
docencia e
investigación del
CHT
Formación,
docencia e
investigación del
CHT
Formación,
docencia e
investigación del
CHT
Formación,
docencia e
investigación del
CHT
(4-5 años)
25-50%
Secretaría de Docencia
Memoria anual del residente
Memoria del Servicio
(4-5 años)
CD
25-50%
Secretaría de Docencia
Memoria anual del residente
Memoria del Servicio
(4-5 años)
CD
100%
PTCF de la CD año 2010-2011
Cursos recomendados y actividades
y obligatorias para los residentes
Anual
(4-5 años)
CD
% (muy mala, mala,
buena, muy buena,
excelente)
70% satisfacción
Encuestas de satisfacción tras los
cursos realizadas por Comisión de
Formación Continuada
Anual
(4-5 años)
CD
Porcentaje de residentes cuyo programa
incluye la rotación por Atención Primaria que
la realizan (%)
Organización para
la docencia de CHT
90(100)%
Secretaría de Docencia
Memoria anual
Plan de formación individual
Anual
(4-5 años)
CD
Porcentaje de tutores formados en
metodología docente (%)
Formación,
docencia e
investigación del
CHT
50%
Plan común para los tutores
Plan formativo del y registro de CFC
Secretaría de Docencia
Anual
CD
Organización para
la docencia de CHT
70%
Registro de la Secretaría de
Docencia
Anual
CD
Organización para
la docencia de CHT
70%
Registro de la Secretaría de
Docencia
Anual
CD
Registro de la Secretaría de
Docencia
Anual
CD
Registro de la Secretaría de
Docencia. Documentos elecciones
Bianual
CD
Porcentaje de servicios que aportan
calendario o programa de sesiones y
documentan su realización regularmente (%)
Porcentaje de servicios que aportan
calendario de guardias a la secretaría docente
(%)
Número de residentes por tutor (máximo de 5
por tutor)
Servicios/unidades con el número de tutores
señalado por la normativa de tutores
Organización para
la docencia de CHT
Representantes de tutores elegidos en
proceso electoral
Organización para
la docencia de CHT
Media total < 6 R/T
90(100)%
100%
68
COMPLEJO HOSPITALARIO DE TOLEDO
COMISIÓN DE DOCENCIA
Avda. Barber, 30. 45004. Toledo. Teléfono 925 269152
Representantes de residentes elegidos en
proceso electoral
Porcentaje de rotaciones externas
gestionadas correctamente en tiempo y forma
(aprobadas por la CD y el SESCAM) (%)
Porcentaje de rotaciones internas gestionadas
correctamente en tiempo y forma por los
tutores (incluidas en su PIF) (%)
Rotación en los servicios/unidades del CHT
por residentes de otros centros docentes
gestionadas correctamente en tiempo y forma
(%)
Porcentaje de plazas ofertadas de las
acreditadas en el CHT (%)
Porcentaje de plazas ofertadas en la
convocatoria anual que son asignadas o
elegidas durante el proceso de adjudicación
oficial (%)
Organización para
la docencia de CHT
Esfuerzo
organizativo
docente de la CD
Esfuerzo
organizativo
docente de la CD
Porcentaje de residentes que afirman conocer
el PGCD (%)
Organización para
la Docencia
¿Existe un plan de acogida al residente
actualizado cada año?
¿Existe una memoria anual de Docencia del
CHT?
Organización para
la Docencia
Organización para
la Docencia
Organización para
la Docencia
Organización para
la Docencia
¿Existe un Plan de Formación anual del CHT?
Porcentaje de miembros de la Comisión de
docencia con nombramiento oficial (%)
100%
90-100%
90-100%
Registro de la Secretaría de
Docencia. Documentos elecciones
Registro de la Secretaría de
Docencia. Requisitos y normativas
para las rotaciones
Registro de la Secretaría de
Docencia. Requisitos y normativas
para las rotaciones
Anual
CD
Anual
CD
Anual
CD
Esfuerzo
organizativo
docente de la CD
90-100%
Registro de la Secretaría de
Docencia. Requisitos y normativas
para las rotaciones
Anual
CD
Capacidad docente
del CHT
90%
Oferta anual de plazas docentes del
CHT
Anual
CD
Capacidad docente
del CHT
90%
Registro de adjudicación de plazas
del MSPS
Anual
CD
Anual
CD
Anual
CD
Anual
CD
Anual
CD
Anual
CD
90-100%
Si/no
Si/no
Si/no
100%
Entrega y comunicación personal a
cada uno de ellos, publicación del
mismo en papel y en intranetinternet
Documentación Secretaría de
Docencia.
Documentación Secretaría de
Docencia.
Documentación Secretaría de
Docencia.
Registro de la Secretaría de
Docencia.
CD: Comisión de Docencia; CHT: Complejo Hospitalario de Toledo; AFI: Acciones Formativas Internas; PTCF: Plan Transversal Común de
Formación; CFC: Comisión de Formación Continuada; PIF: Plan individual de formación.
En rojo se incluyen los aspectos computables para el cálculo del % del estándar del indicador.
En este primer año, algunos estándares tienen marcado un intervalo inicial donde se espera que se encuentre el indicador y en otros se
señalan un % que corresponde a este año docente (2010-11) y entre paréntesis el que se aplicará directamente en el 2011-12.
Cuando
el
indicador
responde
con
si/no,
el
estándar
siempre
será
sí.
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