Download ordenanza nº 2628 - Concejo Deliberante Viedma

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CONCEJO DELIBERANTE DE VIEDMA
CAPITAL DE RÍO NEGRO
Sesión Nº28/90
Fecha de Sesión:05/12/90
O R D E N A N Z A Nº 2628
Viedma..........31 de Diciembre de
1990..............
VISTO:
El expediente Nº 3750-D-90 del registro de esta Municipalidad, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del mismo un grupo de alumnos simpatizantes de la
música popular, solicitan a partir de una demanda social, un asentamiento en esta
ciudad de una institución de perfeccionamiento y formadora de recursos humanos
propios, en concordancia con el Plan Federal de Cultura;
Que a tales efectos se determinan tres ámbitos de trabajos
educativos a saber: a) El Centro Cultural, con la formación y capacitación de futuros
coordinadores barriales,b) La formación de multiplicadores para las zonas de Carmen
de Patagones, San Antonio Oeste, Guardia Mitre, General Conesa y zonas adyacentes,
c) La creación de centros educativos anexos y distribuidos en los distintos barrios de la
ciudad de Viedma;
Que atento a su importancia local y regional, la Sub Secretaría de
Cultura de la Nación, ha auspiciado las distintas actividades desarrolladas a tal fin por
disposición Nº 877, cubriendo además los gastos de traslado y estadía del cuerpo
docente que asiste a esta ciudad;
Que en virtud a los art. 15º de la ordenanza de emergencia y 120º
de la Carta Orgánica Municipal, como así las necesidades emergentes de los
considerandos anteriores, el Concejo Deliberante de Viedma deberá, adoptar los
recaudos presupuestarios correspondientes para su creación;
Que, el Concejo Deliberante de Viedma en sesión del día 05 de
diciembre del corriente año y registrado bajo acta Nº 28-90, ha resuelto por unanimidad
hacer lugar a lo peticionado,
Por ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
VIEDMA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: Créase la Escuela de Música con asentamiento en la ciudad de Viedma,
conforme al visto y considerandos de la presente ordenanza.
Artículo 2º: El Poder Ejecutivo Municipal de Viedma deberá incorporar en el
presupuesto para el año 1991, los gastos que el funcionamiento de la misma demande.
Artículo 3º: A los efectos del art. 1º, la misma dependerá de la Dirección General de
Cultura de la Municipalidad de Viedma, la que deberá adoptar los recursos necesarios
para su funcionamiento.
Artículo 4º: Registrar, tomar razón, dar a publicidad, cumplido archivar.
GONZALEZ
PEDRO OSCAR PESATTI
MARIO EDGAR
Secretario Parlamentario
Vice-
Presidente
Concejo Deliberante